TEPJF deja intacto triunfo de Claudia Sheinbaum: confirman votación presidencial, ni un solo voto se mueve o anula

Rechazan proyectos de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón que proponía anular 66 casillas por mala integración del funcionariado de casilla.

Claudia Sheinbaum. (Foto: Jorge Carballo)
Jannet López Ponce
Ciudad de México, México /

El Tribunal Electoral aprobó la votación de la elección presidencial sin anular un solo sufragio a favor de Claudia Sheinbaum, tras rechazar todos los alegatos de la oposición porque no presentaron evidencias de lo que acusaban, sus alegatos eran poco sólidos, infundados e inoperantes, y porque no probaron que de acreditarse, hubieran sido determinantes en los resultados.

Con esta decisión con un pleno de seis magistraturas, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó los cómputos distritales con la votación de la elección presidencial, que dio como ganadora a Claudia Sheinbaum, candidata de Morena-PVEM-PT con un margen de casi 20 millones de votos de Xóchitl Gálvez, la candidata de la oposición.

De los 240 Juicios de Inconformidad presentados principalmente por el PRD y por Movimiento Ciudadano, 78 se desecharon al declararse improcedentes, es decir, ni siquiera se analizó lo que alegaba. Principalmente porque impugnaron fuera de los tiempos legales o porque la impugnación ni siquiera tenía el requisito mínimo de tener firma autógrafa.

Del resto que sí se estudiaron de fondo, en ninguno lograron acreditar lo que acusaban: ni inequidad en la contienda que hubiera sido determinante en el resultado, ni la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador, ni la violencia o la presión del crimen organizado, ni porque presuntamente votaron personas sin credencial de electoral o fuera del horario, ni porque recibieron la votación personas no autorizadas por el INE como funcionarias de casilla, ni por supuesto dolo en los cómputos distritales o irregularidades en las actas de escrutinio y cómputo.

El debate se centró en la única causal de nulidad que el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Otálora consideraban que se podía acreditar: que en 66 casillas, recibieron la votación personas que no eran las originalmente propuestas como funcionarias.

La división de opiniones se dio porque los proyectos de Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes concluían que el PRD ni siquiera mencionaba quiénes eran las personas que supuestamente recibieron la votación sin autorización, incumpliendo con la carga probatoria mínima para considerarlo; frente a Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón que sostenían que si estaba señalada la casilla, la Sala Superior podía investigar a cada funcionario y sus nombres, y determinar quiénes estaban autorizados y quiénes no.

La magistrada Claudia Valle quien participó con voz y voto por primera vez, se sumó a la postura del bloque mayoritario explicando que la Sala Superior no podía asumir lo que es responsabilidad de los partidos pues además, el PRD tenía la lista del funcionariado y podría haber especificado en cada demanda los nombres de las personas que estaba acusando, y hacer lo contrario, implicaría que el Tribunal Electoral asumiera un nuevo criterio.

“Con absoluto respeto, me separo de las propuestas que se presentan planteando un nuevo criterio. Por convicción jurídica no me es posible compartir esa posición. ¿Por qué no puedo compartirla? Porque hacerlo, desde mi perspectiva, equivaldría a suplir en alto grado la carga que tienen los impugnantes, trasladándola al órgano de decisión, sin que exista, déjenme decirles, una razón de hecho ni de derecho”.

Felipe Fuentes agregó que “el PRD no proporcionó datos mínimos para identificar con certeza a las personas. Debemos ser muy cuidadosos y estrictos cuando se nos solicita la nulidad e la votación, porque ello significa no tomar en cuenta en el resultado final, la voluntad de un número de personas.

“Es quien impugna quien tiene la carga procesal de probar, debe presentar elementos ciertos y determinantes. Pero el PRD, con elementos genéricos y sin sustento buscan anular una votación”.

En lo que coincidieron la magistrada presidenta Mónica Soto y el magistrado Felipe de la Mata quien recordó que siempre se ha tenido el mismo criterio ante este tipo de alegatos.

“Estos agravios son inoperantes y no de ahorita, sino de toda la vida, lo llamábamos escopetazo y se declara inoperante porque el PRD tiene todos los elementos para decir con claridad y establecer ‘esta casilla estuvo mal integrada porque Juanito no llegó y Pedrito no estaba autorizado’, pero no lo hace.
“La línea jurisprudencial de la Sala Superior ha sido clara, de hecho, consistente, tiene que especificarse la casilla que controvierte y proporcionar el nombre de las personas que supuestamente la integran indebidamente. Lo contrario implicaría trasladarle al juzgador la carga que le corresponde a la parte actora, es decir, transformaría los juicios de inconformidad en una especie de juego de azar para ver qué encuentra el Tribunal, lo que conculcaría la naturaleza misma de estas impugnaciones que buscan restituir derechos vulnerados en forma concreta”, explicó de la Mata Pizaña.

El TEPJF debe dar certeza de que perdieron a la buena, resultados no cambiaba: Magistrada

La magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón expusieron que anular estas 66 casillas porque una persona distinta recibió la votación, no cambiaría el resultado y por el contrario, reforzaría la certeza del proceso y de los resultados.

Rodríguez Mondragón replicó a sus pares que el criterio que emplearon en elecciones anteriores, no sólo en la presidencial “ni siquiera se está modificando, se está complementando, está evolucionando”, pues no cambia los resultados que dan el triunfo a Claudia Sheinbaum pues al menos sus proyectos implicaban anular 37 casillas que representaban 11 mil 248 votos.

Mientras que Janine Otálora expuso al término de la sesión, que “en cualquier elección, quienes quedaron en segundo, tercero o cuarto lugar, tienen que tener la certeza de que perdieron a la buena, y que quien ganó, ganó con todo lo que estaba para ello, es dar certeza a las y los actores políticos pero también a la ciudadanía”.

Con esta votación, quedan intactos los cómputos distritales que dio el Instituto Nacional Electoral el pasado 9 de junio, dejando a Claudia Sheinbaum con 35 millones 924 mil 519 votos, el 59.7 por ciento de la votación; 16 millones 502 mil 697 votos para Xóchitl Gálvez, el 27.4 por ciento del total y con seis millones 204 mil 710 votos a Jorge Álvarez Máynez, es decir, el 10.3 por ciento.

Oposición insiste en sobrerepresentación en el Congreso:


aag

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