Mónica Soto, presidenta del Tribunal Electoral propuso a sus pares ordenar al Senado que sustituya al Comité Judicial y para definir las candidaturas de la elección, someta a una tómbola a todas las personas que resultaron elegibles, que se brinque la etapa de verificar si son o no, idóneas para el cargo y que las remita a la Suprema Corte para su aprobación.
En el proyecto que entregó a sus pares, que se votará este lunes y del que MILENIO tiene una copia, la magistrada presidenta incluso se adelanta a un posible rechazo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y autoriza al Senado a que, en caso de que las y los ministros se nieguen a aprobar la lista de candidaturas que representarían al Poder Judicial, puedan saltarse al pleno y enviarlas directamente al INE.
- Te recomendamos TEPJF prevé regresar elegibilidad de 58 aspirantes a elección judicial Policía

En más de 40 páginas, Mónica Soto reprocha el "inadmisible" incumplimiento y desacato del Comité de Evaluación Judicial a la sentencia que le ordenaba reactivar de inmediato el proceso de selección de candidaturas para la elección judicial, por lo que propone adoptar la "figura de cumplimiento sustituto" para reparar el daño de las personas que se inscribieron en el Comité Judicial.
La propuesta reitera en varias ocasiones que ante “lo avanzado del proceso electoral y que actualmente no existe tiempo suficiente para desahogar la totalidad del proceso”, el Senado debe sustituir al Comité Judicial y saltarse las etapas para llegar a la fecha del 4 de febrero con el listado de candidaturas definitivas.
"Esta Sala Superior determina que, en plenitud de jurisdicción, la Mesa Directiva del Senado de la República tome los acuerdos, lineamientos y formularios requeridos, relativos a efectuar la fase de insaculación pública a todas aquellas personas que resultaron con un dictamen favorable de cumplimiento de requisitos de elegibilidad emitido por el Comité de Evaluación responsable".
“Sin que sea factible realizar el procedimiento para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes ante lo avanzado de las etapas del procedimiento y la proximidad de la fecha de remisión de la lista de las personas elegibles que será a más tardar el treinta y uno de enero del año en curso".
Así, propone ordenar al Senado a que en un plazo de 24 horas a partir de la notificación de la sentencia, emita “el acuerdo, medidas y lineamientos necesarios o que estime pertinentes en el que se determinen las áreas y funcionarios autorizados, así como el lugar, fecha y hora para realizar el procedimiento de insaculación pública, únicamente respecto de aquellos cargos en los que existan más postulantes del número de duplas o ternas que correspondan".
“En el entendido que en aquellos casos en los que no exista el número de aspirantes necesarios, éstos pasarán directamente a la boleta correspondiente”.
Es decir, aquellos cargos en los que el Comité de Evaluación emitió un número menor al mínimo que marca la Constitución, no se realizará la tómbola y todas esas personas serán candidatas en automático, con la aclaración de que adicional a la lista que dicho Comité hizo pública, se deben considerar a los cientos de personas que la propia Sala Superior le ordenó incluir en los últimos días.
Agregan que el “procedimiento de insaculación será continuo, público y transparente a fin de generar los listados de ternas y duplas que serán sometidos a consideración del Pleno de la Suprema Corte de justicia de la Nación a más tardar el 4 de febrero".
"Sin embargo, ante el respaldo que el pleno de la Suprema Corte ha dado a la suspensión que decidió el Comité de Evaluación del Poder Judicial, la magistrada presidenta del Tribunal Electoral advierte que":
“En caso de que el referido órgano jurisdiccional no apruebe los listados mencionados, se tendrá por actualizada la afirmativa ficta, por lo que, la Mesa Directiva del Senado de la República podrá remitir, de manera directa, las candidaturas insaculadas al Instituto Nacional Electoral, para continuar con el procedimiento electivo, en el entendido de que las personas que conformen la lista serán las candidaturas postuladas por el Poder Judicial de la Federación”.
Califican como inaceptable decisión del Comité de Evaluación del PJF
En su proyecto, la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Mónica Soto califica de inadmisibles e insuficientes los dichos y argumentos del Comité de Evaluación para desatender una sentencia de la Sala Superior, por lo que los acusa de violar la Constitución y el Estado de derecho.
“El referido Comité pretende justificar su comportamiento contumaz en el hecho de que se encuentra en acatamiento de suspensiones emitidas por juzgados de distrito”, pero resultan “inaceptables y atentan contra el orden constitucional en franco atentado y ostensible violación al Estado de Derecho”, por lo que se tiene por acreditado que “incurrió en un desacato absoluto, sin motivos válidos que justifiquen su incumplimiento”.
Y sostiene que el desacato del Comité Judicial carece de toda validez jurídica, pues “es inadmisible que las autoridades vinculadas en una sentencia, decidan por voluntad propia si acatan o no un mandamiento judicial”, “no es jurídicamente aceptable ni razonable que aleguen circunstancias en las que las propias responsables se colocaron”.
Además, señala que no puede ordenar la destitución de las personas que integran dicho comité, por el blindaje que otorgó la ministra presidenta Norma Piña, aunque el proyecto no menciona siquiera su nombre.
“Resulta inatendible la petición de llevar a cabo la destitución de los miembros del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, en virtud de que en este momento esta Sala Superior está imposibilitada para realizar el análisis solicitado en virtud del acuerdo emitido por la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 23 de enero, a través del que concedió la medida cautelar dirigida a evitar la imposición de sanciones a los integrantes del señalado órgano”.
Este proyecto se someterá a votación de la Sala Superior este lunes y basta con el respaldo de dos magistraturas para que sea sentencia, como ha sucedido en todos los casos previos, en los que se han aprobado con el pleno dividido.
RM