La Procuraduría General de la República (ahora Fiscalía General) decidió no proceder penalmente contra la empresa minera Buenavista del Cobre, filial de Grupo México, que preside Germán Larrea, denunciada como responsable del mayor desastre ambiental en el país ocurrido en 2014, en Sonora.
El 6 de agosto un depósito de sulfato de cobre acidulado se rompió y provocó el derrame de 40 mil metros cúbicos en los ríos Sonora y Bacanuchi.
De acuerdo con un expediente de un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México, el agente del Ministerio Público Federal, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente Previstos en Leyes Especiales de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, autorizó en definitiva el no ejercicio de la acción penal dictada el 3 de julio de 2018 en la averiguación previa 1364/UEIDAPLE/DA/23/2014.
Ante esta situación, el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República, que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, promovió un amparo para evitar el cierre de la investigación y se procediera penalmente.
Sin embargo, el juez federal que conoció del caso sólo admitió el trámite de la demanda de garantías, pero consideró que el gremio “no tiene interés legítimo” porque no tiene carácter de víctima.
Por este motivo, el sindicato interpuso un recurso de queja que fue declarado infundado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en la Ciudad de México por unanimidad.
El magistrado Francisco Javier Sarabia Ascensio emitió un voto concurrente donde señaló estar de acuerdo con el sentido de declarar infundada la queja.
“…estimo que la razón para desestimar los cuestionamientos de que se actualiza una causa manifiesta e indudable de improcedencia –al menos por lo que se refiere a la falta de interés legítimo de los quejosos– debió motivarse conforme a lo señalado en la jurisprudencia 2a./J. 57/2017 y no sólo invocarla.
“En efecto, tales inconformidades se desestimaron señalando que en esta etapa procesal no es posible determinar en forma patente y absolutamente clara si los promoventes de amparo (sindicato minero) tienen o no, carácter de víctimas”.
El asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propondrá mañana a sus homólogos de la Primera Sala otorgar un amparo a una asociación civil que interpuso una acción colectiva para que se le reconozca su derecho de llevar a juicio a Buenavista del Cobre y Grupo México por provocar un “severo daño” al ambiente y a los ecosistemas de las aguas y tierras del estado de Sonora.
La demanda fue presentada por Defensa Colectiva, Asociación Civil (que integra a campesinos y habitantes), quienes reclaman un daño ecológico por el derrame de tóxicos que afectó directamente el patrimonio de las personas que habitan las poblaciones y localidades de Arizpe, Banámichi, Aconchi, Huépac, San Felipe de Jesús, Baviácora y Ures.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) interpuso ante la PGR una denuncia penal contra Buena Vista del Cobre y/o Minera México por su presunta responsabilidad en el derrame tóxico.
El material derramado se vertió sobre un arroyo denominado Las Tinajas o Rastritas a lo lardo de 89 kilómetros en Cananea.
OVM