Un Tribunal Federal tumbó las pruebas que la Fiscalía General de la República (FGR) recabó para tratar de proceder penalmente contra Peter Bauer Mengelberg López, cuñado del ex magistrado José Luis Vargas Valdez, ex presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la cuales no podrán ser usadas en el futuro.
Mengelberg López impugnó que el Ministerio Público tuvo acceso a sus cuentas bancarias sin mediar una orden judicial. Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México le concedió la protección de la justicia.
A principios de este año, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó al quejoso, quien reclamó la aplicación del artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito.
En dicha sesión, la ministra Margarita Ríos-Farjat presentó un proyecto donde señaló que, en el esquema del sistema penal acusatorio, en la etapa de investigación, el Ministerio Público debe acudir al juez de control cuando considere que la información financiera de un imputado es necesaria para la comprobación de un hecho que la ley señale como delito o para demostrar su probable responsabilidad, por lo que será la autoridad judicial la que determine si procede esta petición.
Tras la resolución de la Corte, el expediente fue devuelto al Tribunal Colegiado para continuar con el estudio de temas de legalidad y dictado de resolución.
Los magistrados coincidieron que al no haberse recabado con control judicial los datos de prueba, correspondientes a 16 oficios enviados a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), “resultan ilícitos y, por ende, están afectados de nulidad absoluta en sí mismos, y en los que de ellos resulten”.
Según el expediente, la FGR solicitó estados de cuenta, de intermediación, depósito, ahorro, inversión, cheques, cajas de seguridad, fideicomisos, de crédito, con y sin garantía, compra y venta de valores bursátiles, así como todas las tarjetas de crédito, débito, operaciones cambiarias, fondos de inversión, entre otros.
La obtención de estos datos añadió el Tribunal, vulneró el derecho humano a la privacidad, en su vertiente de secreto bancario.
“Asimismo, hágase del conocimiento a la fiscalía que como no se tiene certeza de que las constancias que remitió al momento de rendir informe justificado, sean la totalidad de aquellas que integran los registros de la carpeta de investigación, se le conmina para que de existir algún otro dato de prueba y/o antecedente de investigación adicional a los advertidos por este órgano de control constitucional, adquirida a partir o a resultas de la información bancaria recabada sin control judicial, atendiendo al deber de lealtad que rige su función persecutora, se abstenga de emplearlas en lo sucesivo” detalla la sentencia.
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Mediante un escrito anónimo, presentado el 27 de marzo de 2015 ante la Unidad Especializada en Análisis Financiero de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), se denunciaron hechos probablemente constitutivos de delito, derivados del otorgamiento de diversos contratos por parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) a favor de una empresa, de la cual es socio Peter Bauer, lo que dio origen a una carpeta de investigación.
El Ministerio Público pidió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que designara peritos en materia contable y financiera para que se impusieran en la indagatoria y emitieran una opinión contable correspondiente al ejercicio fiscal de 2012. Los peritos concluyeron que Peter Bauer omitió declarar ingresos.
Lo anterior, propició que el director general de Delitos Fiscales de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones de la entonces PGR formulara querella ante el Ministerio Público por el delito de defraudación fiscal.
En este caso, en julio de 2019, la FGR ya había tenido un tropiezo, porque los fiscales imputaron a Peter Bauer por dicho delito, pero un juez de control dictó auto de no vinculación a proceso.
La FGR volvió a ejercer acción penal en agosto de 2019, pero Peter Bauer no acudió a la audiencia inicial por cuestiones de salud.
La audiencia se reprogramó para diciembre del citado año, pero el cuñado del ex magistrado se amparó, motivo por el cual la FGR solicitó el diferimiento.
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