Tribunal ordena admitir a trámite amparo de ex espía argentino contra prisión

Un tribunal ordenó a un juez federal admitir la demanda de amparo que promovió el ex espía argentino Raúl Luis Martins Coggiola, detenido por la FGR.

FGR indaga red de servidores y empresarios por acusaciones falsas contra una familia/Especial.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un tribunal colegiado ordenó a un juez federal que admita la demanda de amparo que promovió el ex espía argentino Raúl Luis Martins Coggiola, detenido por la Fiscalía General de la República (FGR) y quien busca enfrentar su proceso de extradición con una medida cautelar distinta a la prisión preventiva.

Por unanimidad, los magistrados del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito declararon fundado el recurso de queja de Luis Martins, quien impugnó que el juez Décimo Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, Jorge Antonio Medina Gaona, desechó su demanda de garantías.

El gobierno de Argentina señaló a Martins como líder de una organización delictiva que, desde 2010, explota sexualmente a mujeres en esa nación y en México en centros nocturnos, además de que lava el dinero de sus ganancias, motivo por el cual fue capturado en Cancún, en octubre de 2019.

Hace ocho años, Lorena Martins solicitó a la entonces Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (Siedo) que detuviera a su padre, porque en Argentina gozaba de protección. Aseguró que presentó pruebas, documentos, libretas con direcciones de teléfonos y nombres de políticos, empresarios y personajes, que daban protección a su papá.

Tras su detención, Raúl Martins promovió un amparo porque un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el reclusorio Norte rechazó modificar la medida cautelar de prisión preventiva e imponer una diversa, en la audiencia de modificación de medida cautelar de 17 de octubre, dentro del procedimiento de extradición.

Sin embargo, el juez Medina Gaona desechó la demanda de amparo el 30 de octubre, al estimar que se actualiza de manera manifiesta e indudable una causa de improcedencia prevista en la Ley de Amparo.

El Tribunal Colegiado consideró que el juicio de garantías sí es procedente, pese a que el acto reclamado tuvo lugar dentro del procedimiento de extradición. Los magistrados subrayaron que el ex espía no está combatiendo la legalidad o inconstitucionalidad de ese procedimiento, sino que de manera está reclamando la afectación a su libertad personal, como lo es la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.

“…el juicio de amparo indirecto sí es procedente en términos de lo dispuesto en el inciso b), fracción III, del artículo 107 de la Ley de Amparo, pues se reclamó un acto cuyos efectos son de imposible reparación, entendiéndose por éstos los que afectan materialmente derechos sustantivos, como lo es la libertad personal tutelados en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte”, detalla la resolución.

evl

LAS MÁS VISTAS