Un tribunal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que proceda a cancelar la ficha roja que solicitó la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol por sus siglas en inglés) para detener a Kamel Nacif Borge.
En julio de este año, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito amparó al empresario, sentencia que lo deslindó de toda responsabilidad en el delito de tortura en agravio de la periodista Lydia Cacho, fallo que echó abajo la orden de aprehensión en su contra y el cual es inapelable.
En su cuenta de Twitter, Lydia Cacho dio a conocer la decisión del tribunal:
“El 23 de septiembre 2021 el tribunal ordenó a la FGR que desactive la #AlertaRojaInterpol contra Kamel Nacif Borge, el pederasta que ordenó mi tortura. 16 años de batalla judicial desactivados por una magistrada corrupta y una SCJN que se negó a escucharnos”.
La periodista agregó que promovió un nuevo amparo contra la liberación de Kamel Nacif, “el último y casi imposible recurso”.
“Es una guerra contra la #TrataSexualDeNiñas y contra la corrupción del #EstadoMexicano el hombre que ordenó comprar una niña virgen de 13 años volverá a México, yo en exilio por impunidad”, manifestó.
Y se preguntó: “Hoy la SCJN tiene en sus manos por tercera vez en 15 años la posibilidad de proteger a las víctimas de explotación sexual y pornografía infantil, y a mi como sobreviviente de tortura ¿liberarán también al gobernador pedófilo Mario Marín? o de nuevo protegerán a los criminales…”
El Tribunal que amparó a Kamel Nacif determinó que ninguno de los funcionarios que participaron en la detención de la escritora manifestó haber recibido órdenes para torturarla por publicar el libro Los Demonios del Edén, punto en el que se fundó la acusación.
Los magistrados puntualizaron que en la averiguación previa se señalan diversas circunstancias contra Kamel Nacif, pero ni una tiene que ver con el cuerpo del delito.
Además, declaró infundados los señalamientos respecto a la participación de Kamel Nacif en la campaña electoral del entonces candidato a la gubernatura de Puebla, Mario Marín, lo cual, según la acusación, “generó una carga de carácter moral que lo obligó (al gobernador) a activar el aparato estatal como castigo a una periodista que había expuesto una red de trata de menores”.
“…de la transcripción que se hizo de las declaraciones de Hugo Adolfo Karam Beltrán (subdirector de Mandamientos Judiciales); Juan Sánchez Moreno (ex jefe de la Policía Judicial de Puebla); Jesús Pérez Vargas, Alejandro Rocha Laureano, María Irene Arteaga Rangel, Verónica Chávez Cruz, Miguel Mora Olvera, Ricardo Velázquez Cruz, Jesús Tonatiuh Montiel Galván, en ninguna se aprecia que los funcionarios públicos en comento hayan manifestado que recibieron instrucciones para que castigaran a la ofendida al momento de ser detenida, infligiéndole dolores y sufrimientos graves ya sean físicos o psíquicos, por el hecho de haber publicado un libro”, menciona el fallo.
Por esta razón, el tribunal concedió el amparo que ordenó dejar sin efecto la orden de aprehensión librada el 3 de diciembre 2020 por el presunto delito de tortura.
JLMR