Tribunal revoca sentencia que ampara a García Cabeza de Vaca contra orden de captura

Ordenan reponer procedimiento porque no se convocó a juicio al fiscal que solicitó orden de captura.

Francisco García Cabeza de Vaca. | Archivo
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal ordenó dejar sin efecto la sentencia que amparó al ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, en la cual se determinó cancelar la orden de aprehensión que se giró en su contra el 4 de octubre, por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito revocó el fallo dictado, en febrero de este año, por Faustino Gutiérrez Pérez, juez Octavo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, a quien se ordenó reponer el procedimiento.

De acuerdo con el expediente, durante el litigio, el juzgador no emplazó al agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), de la Fiscalía General de la República (FGR), quien tiene en sus manos la carpeta de investigación y que solicitó la orden de captura.

Ahora, el juez Faustino Gutiérrez deberá señalar una nueva fecha para celebrar una nueva audiencia constitucional para escuchar los alegatos del agente del Ministerio Público Federal y después emitir una nueva sentencia en el sentido que considere.

El fiscal que impugnó el amparo manifestó que el defensor del ex gobernador incurrió en la conducta delictiva prevista en el artículo 261, fracción I, de la Ley de Amparo:

“Ya que con el propósito de obtener una ventaja procesal indebida, en la demanda de amparo señaló, bajo protesta de decir verdad, que no existía tercero interesado”.
“A pesar de que dicho defensor era ampliamente sabedor que al señalado fiscal le revestía el carácter de tercero interesado, puesto que tenía intervención en la carpeta de investigación, de la cual derivó la orden de aprehensión reclamada”. Por este motivo, el fiscal solicitó que se diera vista a la FGR para proceder penalmente.

Sin embargo, el Tribunal determinó que no, porque ni Cabeza de Vaca ni su defensa sabían de la existencia de la carpeta de investigación ni de la orden de aprehensión, sino hasta que el caso se hizo público por una conferencia de prensa en la presidencia de la República.

“…se requería conocer el contenido de la orden de aprehensión a fin de tener certeza de quién fue el fiscal que solicitó la orden de captura; lo cual no conocían el quejoso y su defensor, según su demanda de amparo”, puntualizaron los magistrados federales.

No obstante, el Tribunal subrayó que en caso de que los fiscales consideren lo contrario, “nada les impide realizar las investigaciones correspondientes”.

Por su parte, la defensa argumentó que la presentación de la demanda de amparo contra la orden de aprehensión fue un hecho públicamente conocido, puesto que se dio a conocer a través de todos los medios de comunicación relevantes a nivel nacional.

“Y que, por ello, se evidencia la falta de interés y negligencia del propio Ministerio Público que busca el reconocimiento del carácter de tercero interesado, quien decidió ser omiso y consentir el ejercicio de su derecho a recurrir las resoluciones del juez de Distrito, alegar causales de improcedencia y formular alegatos”, argumentó el equipo legal del ex gobernador.

En febrero pasado, Faustino Gutiérrez ordenó a Enrique Beltrán Santes, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Almoloya de Juárez, Estado de México, dejar sin efecto la orden de captura.

Asimismo, ordenó que dictara una nueva resolución, donde establezca:

“…que no existen datos que acrediten que se han cometido los hechos con apariencia de delitos de delincuencia organizada con la finalidad de cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita y operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de recibir y transferir recursos, ni la probabilidad de que Francisco Javier García Cabeza de Vaca, los cometió o participó en su comisión”.

Defensa de Cabeza de Vaca se pronuncia 


Por su parte, el Bufete Ruíz Durán y Coello Trejo y Asociados, informaron a través de un comunicado que los magistrados del Tribunal Colegiado determinaron que existía una formalidad adicional en el procedimiento que debió cumplir el juez de Distrito antes de resolver el fondo del asunto.

“Esto significa que, una vez cumplida dicha formalidad - que consiste en la notificación al Ministerio Público Federal -, el juez de distrito resolverá, de nueva cuenta, sobre el fondo del asunto.
“Es importante señalar que existen diversas determinaciones por parte de autoridades jurisdiccionales que han determinado que nuestro cliente no ha cometido delito alguno”, manifestaron.

VRM

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