Al determinar que es violatorio del derecho a la libertad de expresión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, reformado por el actual gobierno morenista de Cuitláhuac García.
Durante la sesión pública de este lunes, el Pleno del máximo tribunal del país analizó la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado, mediante la cual impugnó las reformas y adiciones al artículo 331, relativo a ultrajes a la autoridad, así como a las fracciones 1, 2 y 4, correspondientes a las agravantes de este delito, contenido esto en el Código Penal de Veracruz.
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El organismo defensor de derechos humanos del estado consideró que resultaba inconstitucional el castigar con pena de prisión discursos y expresiones que se encuentran protegidos por ese derecho, al tiempo que sostuvo que las agravantes previstas utilizaban expresiones “ambiguas”, lo que vulneraba el principio de taxatividad, es decir, la obligación de que los textos describan con suficiente precisión qué conductas están prohibidas y qué sanciones se impondrán.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, encargado de elaborar el proyecto de sentencia, calificó de “esencialmente fundados” los argumentos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz, al explicar que el artículo 331 impugnado no limitaba “razonablemente” el conjunto de conductas que pueden actualizar ese tipo penal.
“Genera que la norma impugnada tenga un impacto desproporcional sobre las personas, pues al criminalizar cualquier amenaza o agresión, sin poder saber, a priori, si sus expresiones o actos son considerados o no como delictivos, genera un efecto inhibitorio del derecho a la libertad de expresión ante el miedo de que por expresar sus opiniones sean sujetos de la acción penal del Estado, cuestión que limita, consideramos, de manera irrazonable el ejercicio de esa libertad”, expuso.
Por lo que el Pleno de la SCJN declaró inconstitucional el primer párrafo del artículo 331 del Código Penal de Veracruz, lo que implicó que también se invalidaran las fracciones 1, 2 y 4 que establecían agravante en cuanto al modo de cometer el delito.
“Tales agravantes no son independientes ni autónomas del delito de ultrajes a la autoridad”, concluyó el ministro Pardo Rebolledo.
"A luchar para que sean liberadas todas las personas", dice Ricardo Monreal
El coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, dijo que tras la decisión de la Corte, “ahora, a luchar para que sean liberadas todas las personas que están privadas de su libertad por este ominoso ilícito”.
En sus redes sociales, el también presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado se refirió a la invalidez total del artículo 331 del Código Penal de Veracruz que tipifica el delito de ultrajes a la autoridad, mediante una sentencia que surtirá efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, de cuando dicho instrumento jurídico entró en vigor con penas agravadas de dos años a siete años de prisión.
Monreal indicó que la declaración de invalidez con efectos retroactivos, surtirá efectos a partir de la notificación de la sentencia al Congreso de Veracruz, además del gobierno de Cuitláhuac García Jiménez y las autoridades responsables en el estado de la administración e impartición de justicia.
A través de un comunicado se informó que con la declaratoria de la SCJN, en Veracruz, señalado por abusos de autoridad y persecución política, se abre el camino a la justicia para hombres y mujeres que han padecido violaciones a sus derechos humanos, como el caso de los seis jóvenes que estuvieron en prisión durante cuatro meses del año 2021 y en el que la CNDH basó el 30 de diciembre pasado la recomendación 146/2021 al gobernador García para que se derogara el delito de ultrajes a la autoridad.
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