Una jueza federal ordenó a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) que no difunda información sobre el proceso que lleva a cabo contra Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a quien investiga por presuntamente plagiar su tesis de licenciatura.
Sandra de Jesús Zúñiga, jueza quinto de Distrito en Materia Administrativa, no sólo concedió la suspensión provisional para que el Comité de Ética de la UNAM no dicte una resolución sobre el asunto del caso de la tesis, mientras se resuelve el amparo que promovió la ministra, sino también para que la máxima casa de estudios no emita comunicados o realice conferencias de prensa donde se ofrezca información relativa al caso, ya que se debe garantizar la presunción de inocencia.
“La medida cautelar concedida también tiene por efecto que las autoridades responsables y todas aquellas que tengan intervención en el asunto, se abstengan de emitir comunicados o conferencias de prensa en los que divulguen información relativa al caso, pues como se relató, ello atenta contra el principio de presunción de inocencia...
“Sin que lo anterior pueda considerarse que afecta la libertad de expresión de las autoridades responsables, pues no debe olvidarse que las autoridades públicas deben tener en cuenta sus responsabilidades y obligaciones como servidores públicos y actuar con moderación cuando expresen sus opiniones y puntos de vista en cualquier circunstancia en que, a los ojos de un observador razonable, puedan comprometer objetivamente su cargo, su independencia o su imparcialidad en los asuntos que conocen conforme a sus atribuciones y facultades legales”, detalla el acuerdo consultado.
La juzgadora indicó que a pesar de que se trata de un asunto mediático, debido a su amplia difusión a través de los diversos medios de comunicación, todos los órganos del Estado “tienen la obligación de no condenar informalmente a una persona o emitir juicio ante la sociedad, mientras no se acredite su responsabilidad, pues al hacerlo, así sea sin mencionar el nombre, pero dando datos preciso que permiten saber de qué persona se trata, trae como consecuencia la vulneración del derecho fundamental de presunción de inocencia…”, puntualizó.
DMZ