Piden denunciar violencia sexual digital; hay 7 sentencias

Federación de Asociaciones de Abogados en Tamaulipas llama a víctimas a acudir ante la autoridad para evitar que quede impune la difusión de imágenes íntimas sin su consentimiento

Tamaulipas ya tiene una Ley Olimpia para castigar la difusión de imágenes íntimas sin el consentimiento de las víctimas.
Cristina Gómez
Tampico /

En Tamaulipas se han emitido siete sentencias contra acusados de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento de las víctimas, según un informe del colectivo feminista “Luchadoras”. Ante ello, la Federación de Asociaciones de Abogados en el estado llamó a denunciar estos hechos y romper la inercia de impunidad.

El reporte “Justicia en trámite. El limbo de las investigaciones sobre violencia digital en México”, señala que solo siete casos fueron judicializados en la entidad hasta el año pasado y están relacionados con pornografía de menores e incapaces.

La Fiscalía de Justicia tamaulipeca, no informó al colectivo cuántas carpetas de investigación se han abierto por la misma causa, solo respondió el Tribunal Superior de Justicia que ellos abrieron siete causas penales, de un total de 24 reportadas en todo el país.

Se dictó una condena y una absolución en juicios orales, así como cuatro sentencias por procedimiento abreviado y una suspensión condicional.

Falta legislar y denunciar

Fausto Villarreal García, delegado de la Federación de Asociaciones de Abogados en la entidad, señaló que todavía falta legislar mucho sobre delitos cometidos desde internet, pues hay conductas que no son sancionadas, pero además urge fortalecer la cultura de la denuncia para romper la cadena de impunidad, dijo.

Fausto Villarreal García, presidente de la Federación de Asociaciones y Barras de Abogados.

Nuestro Congreso aprobó reformas al Código Penal del Estado, para incorporar los delitos de ciberacoso y violación a la intimidad, lo que constituye un gran avance para que se respeten los derechos a la intimidad y a la privacidad de todas las personas”.

Explicó que violación a la intimidad, la cometerá la persona que revele, difunda, publique o exhiba mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio, imágenes, audio o video de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona, sin contar como el consentimiento de la víctima.


Hasta ocho años de cárcel

La pena que se establece será de hasta ocho años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA, lo cual podría llegar hasta un millón 737 mil 600 pesos, aumentando cuando el sujeto pasivo sea menor de edad o incapaz, así como cuando exista relación de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, o relación sentimental entre la víctima, alrededor de 11 años.

“Es indispensable que las víctimas denuncien, muchas veces tienen el temor a ser reprimidas y el avance de la tecnología se vuelve una herramienta de violencia contra ellas”, expresó.

Fausto Villarreal mencionó que al ser una mujer violentada con la difusión de imágenes sin su consentimiento, debe intervenir la policía cibernética, quien cuenta con ciertas herramientas para el rastreo de los aparatos donde se publicó determinado material.

“Pero para erradicar la violencia digital es fundamental la herramienta legal de la denuncia”, comentó Villarreal García.


CGCH

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