La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto que propone validar las reformas realizadas a la Ley de Hidrocarburos, por medio de las cuales se quitó la regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos (Pemex) para que tuviera predominancia frente a sus competidores.
El tema ya fue abordado por la Segunda Sala de la Corte, misma que en junio de este año declaró inconstitucional la reforma y ratificó el primer amparo otorgado contra el Decreto por el que se reformó el artículo 13 Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2021.
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La ministra Yasmín Esquivel Mossa buscará que el Pleno de la Corte establezca un criterio sobre el tema, por lo que propondrá revocar y negar el amparo solicitado por otra empresa, en este caso Oildozer.
En su propuesta, menciona que es facultad del Estado regular el mercado en beneficio del desarrollo nacional.
“[...] la parte quejosa no puede, a través del amparo, cuestionar la regularidad constitucional del Artículo 13 Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, por estimar que por virtud de la expedición de esa norma se afecta el derecho al desarrollo económico del Estado al suprimir la obligación de sujetar las ventas de primera mano de hidrocarburos al principio de regulación asimétrica; ello porque el artículo 25 constitucional no establece un derecho constitucional en favor de los gobernados para exigir la adopción de determinadas medidas en materia económica”, indica la propuesta.
La ministra menciona que corresponde al Estado la dirección en el desarrollo nacional mediante el establecimiento de un sistema de planeación democrática, por lo que no es viable exigir mediante el amparo la realización de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones que son propias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales.
“Esto porque esas facultades tienen como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y las diversas leyes que las establecen”.
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Protección a empresas
En junio pasado, la Segunda Sala confirmó un amparo concedido a otra compañía. Esta sentencia tiene efectos generales y protege a todas las empresas de dicho sector, además de que ordena que prevalezcan las medidas impuestas a Pemex desde 2014, mismas que impiden que esté por encima de la competencia.
En aquella ocasión, los ministros Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán, confirmaron la sentencia, mientras que las ministras Loretta Ortiz Ahfl y Yasmín Esquivel votaron contra la propuesta. La mayoría coincidió en que el Congreso de la Unión invadió facultades de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Tras la entrada en vigor de la reforma, jueces en materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, frenaron su aplicación al conceder suspensiones y después amparos.
Los juzgadores estimaron que con la eliminación repentina de la regulación asimétrica se corre el riesgo de que las empresas productivas del Estado establezcan tarifas u otras condiciones excesivas, incluso en los mercados en los que aún tiene poder dominante, lo que también podría dar lugar al desplazamiento de sus competidores, además de generar incertidumbre jurídica para los permisionarios.
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