Comunidad LGBT celebra fallo de SCJN sobre repetir votación de matrimonio igualitario en Yucatán

El Congreso de Yucatán votó de forma secreta en 2019 en contra del matrimonio igualitario en Mérida, por lo que la Corte determinó que actuó de manera ilegal e inconstitucional al rechazar las iniciativas de reforma.

La SCJN dictó amparos contra Congreso por votar votar de forma secreta contra el matrimonio igualitario en Yucatán. (Archivo).
Daniel Barquet Loeza
Mérida, Yucatán /

Luego que la Primera Sala de la SCJN concedió amparos en contra del Congreso de Yucatán por haber votado de forma secreta en 2019 en contra del matrimonio igualitario en Mérida, organizaciones de derechos humanos y de la comunidad LGBTIQ+ señalaron su satisfacción en espera de una nueva votación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de Yucatán actuó de manera ilegal e inconstitucional al rechazar, mediante voto secreto, las iniciativas de reforma discutidas en 2019, las cuales pretendían modificar la Constitución del estado

para reconocer el matrimonio igualitario en la entidad.

El Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán; la Oficina para México y Centroamérica; la Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa recordaron que se promovieron dos amparos, bajo los expedientes 25/2021 y 27/2021, destacando la ilegalidad del método de votación secreta, dado que este era inconstitucional por violar los derechos a la transparencia activa y participación política en asuntos públicos.

Dictados por la Suprema Corte, estos amparos se turnaron a las ponencias de los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz, mismos que elaboraron propuestas favorables a las personas inconformes, las cuales el día de hoy fueron aprobadas por unanimidad por la Primera Sala del tribunal.

Las sentencias consideraron que "la autonomía del Poder Legislativo (…) y la división de poderes no pueden implicar de ningún modo que la generalidad de los actos internos de este poder no estén sujetos a la Constitución federal o que sean total y absolutamente ajenos a control constitucional mediante el juicio de amparo”.
Por otra parte, ambas sentencias señalan que “la imposición de una votación por cédulas secretas (…) con el objetivo de permitir el matrimonio igualitario en la entidad transgredió claramente los principios de legalidad y seguridad jurídicas, por contravenir la legislación orgánica y reglamentaria del propio Congreso de Yucatán, generándose a su vez una violación a los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información y participación activa en los asuntos públicos del estado de las y los quejosos”.

Los colectivos explicaron que ambas sentencias resultan fundamentales, dado que en principio exhiben el actuar antidemocrático de la actual legislatura y garantizan los derechos políticos y de libertad de expresión de la ciudadanía yucateca, pero además resultan en un precedente importante que resalta la obligación de los congresos del país de legislar bajo parámetros democráticos y de transparencia.

"Consideramos que ésta es una oportunidad invaluable para que la LXII Legislatura yucateca, en cumplimiento de las sentencias de la Corte, repare el proceso legislativo, realice una votación abierta y transparente y apruebe la iniciativa para reconocer el matrimonio y el  concubinato para las parejas del mismo sexo como una manera de resarcir, aunque sea en parte, las flagrantes violaciones a derechos humanos que se gestaron en esta legislatura que está por concluir", explicaron mediante un comunicado los colectivos antes mencionados.
"Finalmente es importante insistir en que ambas sentencias son un parámetro y una advertencia para la legislatura entrante, pues en los procedimientos legislativos se debe ceñir a los derechos humanos reconocidos", concluyeron.

​KT

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