De 10 mil a un mdp, las multas por no acatar Ley para el Control del Tabaco: Justa Mx

Organizaciones sociales pusieron a disposición sus páginas en redes sociales para interponer cualquier queja aún cuando se trate de extranjeros.

Los especialistas consideraron que parte de las tácticas de la industria tabacalera es inventar. | Pexles
Blanca Valadez
Ciudad de México /

Los fumadores, dueños o responsables de los establecimientos que incumplen la reforma al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco se harán acreedores a multas de van desde los 10 mil y sobrepasar el millón de pesos.

“Si no se cumple la ley, en el caso, por ejemplo, de las personas pueden tener multas hasta de 10 mil 374 pesos, a las personas que fumen en lugares 100 por ciento libres de humo. 


"En el caso de violaciones a lugares o establecimientos que deben ser 100 por ciento libres de humo, la violación puede dar multa de los 103 mil 740 pesos a los 414 mil 960. 


"Y en el caso de las violaciones a publicidad, promoción y patrocinio las multas pueden ir de los 414 mil 960 hasta un millón 37 mil 400 pesos”, explicó Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx.

¿Cómo denunciar? 

Las organizaciones sociales pusieron a disposición sus páginas en redes sociales para interponer cualquier queja aún cuando se trate de extranjeros.

“En la página de Cofepris hay un icono que se llama denuncia sanitaria y cuando uno le da click, puede llenar sus datos diciendo dónde es el lugar, el establecimiento; poniendo su nombre y apellido. Y la verdad podrían denunciar tanto algún producto como establecimiento. Pero si eso es muy engorros, lo que hemos hecho es que por medio de nuestra página los rescatadores (@rescatadoresmx) o de Facebook, rescatadores mx, hace este tipo de denuncias donde al final este folio lo otorga Cofepris”, detalló Miguel Ángel Toscano, presidente de Refleacciona.

Toscano añadió que “una vez que nosotros hacemos la denuncia, Cofepris loque hace es llamarles a los estados y ahí los estados pueden hacer dos cosas: lo pueden hacer a través de la Cofepris estatales, es decir, las coesprices estatales y ahí los verificadores irán y sancionarán en su caso. La otra también por medio de las alcaldías. Los alcaldes también están facultados para vigilar el cumplimiento de la ley”.

Los especialistas consideraron que parte de las tácticas de la industria tabacalera es inventar, por ejemplo, la quiebra de tiendas de abarrotes; también rechazaron afectar a los productores de Nayarit y Veracruz.

“Las tienditas se iba a ir a la quiebra, quizá en la cuarta parte de sus ingresos tenían que ver con la venta de tabaco. Eso no es cierto, la gente va a las tienditas a comprar productos básicos: leche, huevo, atún, sardinas, galletas, golosinas”, dijo Juan Núñez, coordinador de la Coalición México Salud-Hable.

Por ello, ante la lluvia de amparos, “pediremos a jueces y magistrados, a la propia Suprema Corte a revisar esto, poner el interés superior de la salud antes que el interés del comercio”.

Por su parte, Carlos Gámez, jefe de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco y el Alcohol de la Conadic, aclaró que “el cultivo del tabaco, focalizado, principalmente, en Nayarit y Veracruz, ha venido en declive desde hace 10 años; no representa un papel importante en la economía nacional.

“La industria del tabaco es trasnacional…ellos aplican las medidas en países europeos, pero se niegan a aplicarlos acá en México”, aseveró.

Por otra parte, el proteger el bien común evitando el humo de segunda mano y nuevos adictos se reflejará en lo inmediato.

“Esperamos un impacto muy positivo en materia de salud pública, incluso del orden de 290 mil casos de enfermedades nuevas evitables cada año y cerca de 50 mil muertes prematuras evitadas, justamente por la aplicación de estas nuevas medidas reglamentarias”, aseveró Gámez.

Las nuevas disposiciones benefician la salud física y mental de las personas y privilegian principalmente el interés superior de la niñez en beneficio de los grupos etarios más vulnerables, añadió.

“Son políticas consideradas costo efectivas en materia de control del tabaco, que son la protección contra la exposición involuntaria al humo de tabaco de segunda mano y en este caso la ampliación que se hace a cualquier otro tipo de emisiones, que generen los dispositivos novedosos y emergentes de nicotina; asimismo se establece la prohibición total integral, tanto directa o indirecta, de la publicidad, promoción y el patrocinio que son consideradas como los elementos mayormente utilizados por las estrategias comerciales de la industria del tabaco y sus asociados para atraer a las nuevas generaciones", agregó.

La reforma a la Ley General para el Control del Tabaco y la de su reglamento, la cual permaneció inamovible desde 2009, son medidas de protección a las personas ante el humo y las emisiones de tabaco, pero en especial protegen a niños y adolescentes al evitar la exhibición de productos de tabaco y nicotina en los puntos de venta, señaló Juan Núñez.

En tanto, Guadalupe Ponciano, coordinadora del Comité Interinstitucional para la Lucha contra el Tabaco, dijo que el consumo de dicho producto “lo coloca entre las 10 principales causas de mortalidad en nuestro país, más de 65 mil mexicanos y mexicanas mueren al año por las múltiples enfermedades que se asocian al consumo del tabaco, entre estas, cardiovasculares y cerebrovasculares, los infartos al corazón, también la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica, esta combinación de bronquitis y enfisema y, por supuesto, el cáncer de pulmón y otros tumores malignos. Además, representa 116 mil millones de pesos cada año en atender enfermedades que se podrían prevenir”.

JLMR

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