La bancada parlamentaria de Morena retomó y perfeccionó su iniciativa de reforma a los códigos Penal, Civil y Administrativo del Estado de México para despenalizar la interrupción legal del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación, conmutar la pena con trabajo a favor de la comunidad y brindar el servicio a través del sector público estatal.
La iniciativa de ley signada por las diputadas Anaís Miriam Burgos Hernández, María del Rosario Elizalde Vázquez y el diputado Daniel Andrés Sibaja González, cuenta con el aval de los 29 integrantes de la bancada por lo cual esperan salga adelante el siguiente año, ya que en este no les dará tiempo por el Paquete Fiscal.
En los artículos transitorios propuestos consideran un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del acuerdo, para emitir los lineamientos que habrán de observar las instituciones del sistema estatal de salud.
La propuesta busca hacer ajustes y precisiones en varios apartados, empezando por los conceptos y hasta la pena a quien aborte fuera del plazo establecido, donde considera necesario bajar la sanción que actualmente es de 1 a 3 años de prisión para la mujer que consienta le practiquen un aborto a una pena de seis a 12 meses de cárcel o de 50 a 200 días multa.
“Se privilegiará la capacidad económica de la mujer y, podrán conmutarse los días multa, por trabajo a favor de la comunidad; por lo que la autoridad que tenga conocimiento del hecho la canalizará a la Secretaría de la Mujer para que reciba atención integral con perspectiva de género”, establece el documento remitido a comisiones para su análisis.
Hay dos propuestas más
Con esta son dos las iniciativas de ley que tiene la comisión de Procuración y Administración de Justicia, que antes recibió la del PRD, por lo que se espera que en los siguientes días arranque el análisis de este tema, tal como lo recomendó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La misma pena que se le imponga a la mujer será para quien practique el aborto, pero si se obra sin consentimiento de la mujer es de tres a seis años de prisión y de 100 a 300 días multa, y si usa violencia física la sanción aumenta hasta ocho años de privación de la libertad y hasta 400 días de multa.
Consideran el aborto en grado de tentativa; al personal de salud se le suspenderá hasta ocho años en el ejercicio de su profesión y si reincide 20 años.
En las excluyentes incluyen la fecundación sin el consentimiento de la mujer, actualiza la causal de peligro de muerte y, en la parte administrativa reconoce como persona al ser humano desde que nace y es viable hasta que muere; impone al sector público la necesidad de implementar políticas públicas y programas para el fomento de la maternidad y paternidad responsables, con el fin de prevenir embarazos no deseados y el contagio de enfermedades de transmisión sexual.
Servicio gratuito
Añaden que el Sistema Estatal de Salud deberá prestar el servicio de interrupción legal del embarazo, de forma gratuita, universal, en condiciones de calidad, sin consentimiento, imparcial, libre de violencia, estigma o discriminación; con una respuesta no mayor a cinco días a partir que reúna los requisitos establecidos en la ley.
Piden al servicio privado que brinden información suficiente a la mujer antes de practicarle un aborto, sobre los riesgos, consecuencias y opciones para que de manera libre, informada y responsable tome una decisión.
Permite al personal médico negarse a realizar el procedimiento, pero la debe canalizar a otro médico no objetor, pero si es un caso de urgente riesgo no podrá invocar la objeción de conciencia.
KVS