Ante la obstinación de la Secretaría de la Función Pública (SFP) de no revelar en qué instituciones federales se concentran más denuncias por acoso sexual y en dónde trabajan los servidores públicos sancionados por esas conductas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) le ordenó entregar de forma desglosada tales datos.
Al resolver un recurso de revisión interpuesto por MILENIO en contra de las respuestas negativas de la SFP, el pleno del INAI instruyó a la SFP, en sesión del 6 de octubre, revelar en qué instituciones del gobierno federal laboran, y qué cargo tienen, los 39 empleados públicos que han sido sancionados por acoso sexual, abuso sexual y violación, durante 2020 y al menos hasta mayo del 2021.
En informes oficiales de actividades y en respuestas a solicitud de información, la SFP ha omitido precisar las áreas de las que provienen más denuncias y en las que más sanciones se han aplicado por estas conductas que afectan, sobre todo, a mujeres.
La resolución también mandata que la SFP debe extraer del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, alimentado con información de la Dirección de Denuncias e Investigaciones y los Órganos Internos de Control (OIC), datos como la fecha en la que se radicó la denuncia, el área administrativa del denunciado, el nombre de la dependencia o entidad en la que ocurrieron los hechos, entre otros.
La comisionada Josefina Román emitió un voto particular respecto a la resolución, pues consideró que, al no considerarse faltas graves el acoso sexual, el abuso sexual y la violación, no se deben revelar en qué institución labora o laboraba y qué cargo ocupa u ocupaban los servidores públicos sancionados por estas conductas, pues dar a conocer esos datos “atentaría contra su intimidad y honor”.
El caso recayó en la ponencia del comisionado Adrián Alcalá, quien advirtió que la solicitud fue turnada la Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses, la cual debe llevar un registro estadístico de los casos de hostigamiento sexual y acoso sexual en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) que cuenten con un Comité, pero que está únicamente se limitó a indicar estadísticas generales y que, además, la solicitud no se turnó a los OIC.
Sólo 6 de cada 100 denuncias se castigan
El 6 de julio, MILENIO dio a conocer que, de cada 100 denuncias por hostigamiento y acoso sexual al interior del gobierno federal, la SFP sólo castiga seis.
De acuerdo con la respuesta inicial de la SFP a una solicitud de transparencia, desde enero de 2020, cuando se publicó el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, hasta mayo de 2021, la dependencia recibió 599 denuncias por este tipo de conductas, pero sólo aplicó sanciones en 39 casos, es decir en el 6.5 por ciento.
Además, informó que las sanciones han sido suspensiones, habilitaciones y destituciones.
En la respuesta en que dio estas cifras, la SFP no dio datos desagregados sobre cuántas suspensiones, habilitaciones y destituciones se aplicaron, ni en qué instituciones trabajan o trabajaban tanto las víctimas como los agresores y tampoco de qué dependencias provenían las denuncias por estas conductas, con el argumento de que no está obligada a generar documentos ad hoc para contestar a ese nivel de detalles los requerimientos formulados.
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En esa respuesta, la SFP recomendó consultar dos tipos informes para dar por satisfecha la petición: el informe estadístico del Registro de Casos de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual del 2019, previo a la entrada en vigor del protocolo, y los informes anuales de labores de la Secretaría de 2019 y 2020.
Sin embargo, en ninguno de esos documentos, la SFP precisa en qué dependencia del gobierno federal ocurren más casos de violencia contra las mujeres.
Por la falta de precisión en la respuesta entregada por la SFP, MILENIO presentó un recurso de revisión ante el INAI, el cual coincidió en que la información ofrecida por la dependencia no satisface la solicitud inicial.
“En consecuencia, no se puede validar la respuesta otorgada a la solicitud de acceso a la información, ya que en principio fue omiso en turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes que pudieran conocer de lo requerido por la persona solicitante, además no se tiene certeza del criterio utilizado ya que, como se analizó, la información requerida puede obrar en el Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas”, argumentó el INAI al ordenarle a la SFP modificar su respuesta.
Por lo tanto, el pleno del INAI instruyó a la SFP a que en un plazo de 10 días hábiles cumpla con la resolución y entregue la información desglosada sobre los casos de acoso sexual, abuso sexual y violación al interior de las dependencias del gobierno federal.