Van por regulación de Airbnb y otras plataformas de alojamiento en CdMx

Martí Batres, jefe de Gobierno, aseguró que las nuevas medidas son para combatir la gentrificación en la capital.

Las nuevas medidas incluyen un registro en un Padrón de Anfitriones. (Shutterstock)
Alma Paola Wong
Ciudad de México /

El gobierno capitalino presentará esta semana una iniciativa de ley para regular la renta de hospedaje que se oferta a través de plataformas digitales, como Airbnb, y evitar la gentrificación de la Ciudad de México.

El Jefe de Gobierno, Martí Batres, explicó que se busca que la iniciativa por la que se propone reformar la Ley de Turismo del Distrito Federal se discuta y se apruebe durante la sesión legislativa que termina el 15 de diciembre de 2023.

El objetivo, dijo, es que los inmuebles de uso habitacional que se ofertan al turista sean seguros, con las condiciones de salubridad adecuadas y evitar que este tipo de rentas entren a la mercantilización masiva de casa-habitación.

“Evitamos la generalización masiva en el uso de inmuebles habitacionales para renta con plataformas digitales, ponemos límites para el uso de inmuebles que tenga un anfitrión que no puede dedicar más de tres inmuebles a este uso, ponemos un mecanismo de refrendo anual para saber que en efecto quien está cumpliendo con las reglas puede seguir trabajando en este sentido, quien no está cumpliendo con las reglas ya no tiene el refrendo anual. Por otro lado, establecemos registros de anfitriones, los registros de los inmuebles y todo esto nos permite tener una regulación adecuada”, señaló.

Los anfitriones o prestadores de este servicio deberán con las siguientes obligaciones:

  1. Inscribirse en el Padrón de Anfitriones
  2. Proporcionar a los turistas información clara, cierta y detallada de las características, los precios y reglas de uso del inmueble ofertado.
  3. Informar semestralmente la ocupación del inmueble ante la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México.
  4. Informar a los vecinos inmediatos sobre el uso turístico de los inmuebles ofertados.
  5. Cumplir con las obligaciones en materia fiscal y de contribuciones establecidas en la normativa en la materia.
  6. Proteger los datos personales proporcionados por los turistas en términos de lo dispuesto por la Ley en la materia.
  7. Contar con instalaciones seguras atendiendo la normatividad en las materias sanitaria y de gestión integral de riesgos y protección civil, para el uso de los turistas.
La app de Airbnb en una pantalla de iPad en Washington, D.C., el 8 de mayo de 2021. (AP)

En tanto que las plataformas digitales deberán:

  1. Registrarse en el Padrón de Plataformas Tecnológicas autorizadas para operar en la Ciudad de México
  2. Requerir a los anfitriones la constancia y el folio de registro en el Padrón de Anfitriones al habilitar un espacio dentro de la plataforma digital para incluirlos, así como la constancia del mismo
  3. Mostrar dentro de su plataforma, en cada anuncio, la constancia y folio del registro en el Padrón de Anfitriones, para consulta de los potenciales usuarios.
  4. Cumplir con las obligaciones en materia fiscal establecidas en la normativa en la materia.
  5. Proporcionar semestralmente a la Secretaría de Turismo local , un reporte del la ocupación de los inmuebles de cada uno de los anfitriones que tienen registrados.
  6. Las demás que señale la normatividad aplicable de la Ciudad de México.
Airbnb debe seguir estas reglas en CdMx | Especial

La iniciativa también establece que:

  • Por cada inmueble que se incorpore al Padrón de Anfitriones se expedirá una constancia y folio, el cual se registrará en las Plataformas en las que se oferte.
  • La vigencia del registro es por un año y deberá renovarse dentro de los 30 días naturales previos a su expiración.
  • No se permitirá la inscripción en el Padrón de más de tres casas, departamentos o habitaciones por anfitrión.
  • Para el registro en el Padrón de Anfitriones deberán realizar el pago de derechos que se determine en la normatividad aplicable. Los dos primeros inmuebles estarán exentos y se cobrará el derecho, sólo en caso de contar con tres inmuebles registrados.
  • En caso de que, de acuerdo a los informes semestrales, la ocupación del o los inmuebles registrados por el anfitrión, sea mayor del 70 por ciento de las noches del año, se negará el refrendo en el Padrón.

SNGZ

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