La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador; la ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el general Luis Cresencio Sandoval, secretario de la Defensa Nacional, dos gobernadores y Jesús Ramírez, el vocero de Presidencia, y otros funcionarios violaron la veda en el proceso de revocación de mandato, el año pasado.
En sesión pública de este jueves, la Sala Regional concluyó, por unanimidad de los magistrados, que después de analizar las expresiones y publicaciones realizadas por dichos funcionarios en el marco de la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, en marzo del año pasado, existió difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, que se vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y que, además, hubo uso indebido de recursos públicos.
Las expresiones de López Obrador y de los servidores públicos formuladas en el acto de inauguración del AIFA y en tres conferencias matutinas, del 21, 28 y 30 de marzo de 2022, así como diversas publicaciones en medios oficiales, fueron denunciadas por el PAN.
La sentencia incluye al mandatario federal, al titular de Cepropie, Sigfrido Barjau, al entonces gobernador de Hidalgo, Omar Fayad; al gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, al secretario de la Defensa, Luis Cresencio Sandoval; al director del AIFA, Isidoro Pastor, así como a la entonces directora general de Comunicación Social de la Presidencia, Martha Jessica Ramírez, y al Coordinador General de Comunicación Social, Jesús Ramírez Cuevas.
También se incluye a Sheinbaum Pardo y Gustavo Ricardo Vallejo, ingeniero residente general y comandante del Agrupamiento de Ingenieros del AIFA, a quienes se les libró de la sanción por uso indebido de recursos públicos, pues no se encontró evidencia de que hayan hecho gastos de traslado personal o viáticos con cargo al erario.
La sentencia aprobada ordenó dar vista a los Órganos Internos de Control de la Oficina de la Presidencia y otras dependencias federales, así como a las presidencias de las mesas directivas de los congresos de Hidalgo y el Estado de México para que determinen las sanciones a los servidores públicos involucrados.
Al exponer el caso, el magistrado Luis Espíndola aseguró que “la Constitución establece y nos dice que hay un tiempo para todo: hay un tiempo para difundir propaganda gubernamental y hay un tiempo para no hacerlo, hay un tiempo para competir electoralmente y un tiempo para no hacerlo, hay un tiempo para llevar a cabo y desarrollar la difusión y entrega de programas sociales y hay un tiempo en que se tiene que hacer con diversas modalidades, existen tiempos para todo y la Constitución nos delimita eso”.
Aprobado por unanimidad, la sentencia ordena incluir a todos los personajes mencionados en el Catálogo de Sujetos Sancionados de la Sala Especializada del TEPJF.
Además, se incluyó una multa económica a dos emisoras de radio y televisión que transmitieron los mensajes prohibidos de manera íntegra.
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