La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que Ricardo Anaya calumniara al empresario José María Riobóo Martín durante el tercer debate presidencial.
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En sesión pública los magistrados determinaron que contrario a lo externado por el empresario, el entonces candidato presidencial no lo relacionó de manera explícita con actos de corrupción o con cualquier acción ilícita.
De acuerdo con el proyecto presentado por la magistrada María del Carmen Carrón Castro señala que al no existir esta vinculación, los derechos de ciudadano Riobóo se encuentran garantizados.
“Ricardo Anaya no le realizó la imputación directa de algún acto de corrupción cuestión por la que no se considera que se actualiza la calumnia en su perjuicio, no pase inadvertido que el promovente se quejó de que las declaraciones en controversia lo desprestigiaron, tanto a él, como al negocio que dirige”, señala.
Además de que el mismo Riobóo aceptó como un hecho cierto el contenido del dicho de Ricardo Anaya durante el debate, relativo a que durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en el entonces Distrito Federal, a José María Riobóo se le adjudicó de manera directa un contrato de obra pública.
No obstante, los magistrados señalaron que el empresario puede hacer valer por la vía legal correspondiente una reparación del daño al considerar que tuvo una afectación a su imagen y patrimonio.
VJCM