• Aprobado… y vapuleado, así se votó el proyecto de la ministra Lenia Batres sobre Cabeza de Vaca

  • Experta advierte que la cantidad de inconformidades es tal que, más allá del caso particular, lo resuelto no servirá de guía ni precedente para resolver casos similares
Tamaulipas /

En menos de una hora y en un hecho del que no se recuerdan precedentes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó de forma unánime un proyecto que presentó una metodología y consideraciones con las que prácticamente ninguna de las personas ministras, salvo la ponente Lenia Batres, estuvieron de acuerdo.

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“Estoy en contra de la metodología y de todas las consideraciones del proyecto”, soltó la ministra Yasmín Esquivel, la primera en disparar la metralla técnica y retórica en contra del documento presentado por Batres relacionado con la orden de aprehensión girada en contra del exgobernador Francisco Javier Cabeza de Vaca.

A Esquivel le siguieron Herrerías, Betanzo, Ríos, Ortiz Ahlf, Guerrero… y hasta el propio ministro Presidente quienes anunciaron, algunos de viva voz o con notas enviadas previamente a Batres, sus dudas de un proyecto que en vez de tratar de fijar un estándar sobre lo que se vale y no al emitir una orden de aprehensión, parecía más enfocado en validar la orden de aprehensión del caso en específico.

Al mismo tiempo, y por razones que unos explicaron y otros no tanto, las mismas personas ministras validaron la conclusión cuyo resultado abre la puerta a la FGR para ir detrás de Cabeza de Vaca.

Sin disimular el tono de molestia con las críticas que se animó incluso de calificar “injustificadas”, Batres aceptó incluir en el engrose (documento final de sentencia) aquellas recomendaciones que sí “enriquecieran” su proyecto. Una postura que generó aún más dudas en sus compañeros que adelantaron que podrían votar en contra de la redacción de dicho documento.

“No recuerdo ningún otro caso donde todos los ministros se separaran de los razonamientos. En un tribunal constitucional razonamientos y metodología son casi tan importante como los resolutivos. Con una resolución así no puede generarse precedente para otro caso”, dijo en entrevista con MILENIO la maestra en Derecho por la Universidad de Harvard y experta en derecho constitucional, Melissa Ayala.

Incongruente, excesivo y erróneo

La discusión de la constitucionalidad o no del amparo obtenido por Cabeza de Vaca (técnicamente denominada como amparo en revisión 435/2025) inició con una exposición de casi diez minutos de la ministra ponente Lenia Batres, en los que intentó explicar las razones por las cuales debía revocarse la protección constitucional al exgobernador.

Según Batres, el problema estaba en que el juzgador que concedió el amparo se “excedió” al analizar si las pruebas aportadas por la UIF y la FGR daban el sustento suficiente para que el exmandatario pudiera ser aprehendido por lavado y crimen organizado. Era una labor, dice Batres, que tocaba al “juez natural”, es decir, al que estaba a cargo del proceso y no al de amparo.

Concluida la intervención de la ministra comenzó la corriente de inconformidades y críticas con el proyecto de Batres. Señalamientos que, por momentos, estuvieron acompañadas también de calificativos en contra de aspectos como la metodología, los razonamientos, la estructura o, como en el caso de Esquivel, de todo junto.

“Estoy en contra de la metodología y todas las consideraciones del proyecto. A lo largo del proyecto se incurre en el mismo vicio que acusa el ministerio público a la jueza de amparo (…) el proyecto no analiza los agravios de las autoridades recurrentes (la FGR), sino, más bien, elude los planteamientos de los recursos de revisión, desborda la litis planteada e invade las atribuciones del juez de control”, soltó Esquivel.

En una exposición de casi la misma duración que la de Batres, pero con una lectura fluida y acelerada, Esquivel dijo que el proyecto de Batres terminaba haciendo lo que criticaba del juzgado de amparo, es decir, se ponía a valorar las pruebas del caso particular para justificar el por qué sí debía prevalecer la orden de aprehensión.

“El proyecto no responde los agravios planteados en contra de la sentencia que concedió el amparo, sino que se sustituye en el juez natural”, remató Esquivel.

Ya con el micrófono caliente tocó el turno al ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía quien, al igual que Esquivel coincidió en criticar al proyecto por abundar en el caso de Cabeza de Vaca, en vez de analizar el sustento y alcances de una orden de aprehensión.

“Las personas Ministras de este Tribunal Pleno determinaron que el asunto revestía interés, importancia y trascendencia, porque nos ofrecía la oportunidad de fijar doctrinas sobre el estándar probatorio que se requiere para la emisión de una orden de aprehensión en el sistema de justicia penal oral (…) sin embargo, la propuesta que se nos hace, a mi juicio no construye ese estándar, ni desarrolla un criterio con vocación general; lo que hace es justificar a partir de las circunstancias particulares de la persona quejosa, si en el caso concreto hay datos de prueba suficientes para librar el mandato de captura” advirtió Figueroa.

El ministro remató al señalar que la ruta tomada por Batres era “errónea”. La propuesta “contiene una incongruencia interna” dijo.

La ministra Loretta Ortiz coincidió en que el proyecto de Batres asumía lo que intentaba combatir, al convertirse en el juez de control del caso del exgobernador. La ministra Sara Irene Herrerías, quien junto con la ministra Estela Ríos envío notas previas a la ponencia externando preocupaciones, quiso subrayar públicamente que es importante que se incorporen las recomendaciones esgrimidas por el pleno.

El desfile de observaciones y críticas continuó hasta llegar al ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz quien, en tono pausado, pero sin rodeos, concluyó que el proyecto de Batres sustituía indebidamente al juez a cargo del proceso.

“Estamos frente a un proyecto que sustituye al juez natural y realiza un análisis de simple legalidad cuando estaríamos llamados a fijar un criterio de estándar constitucional”.

Aguilar subrayó que un proyecto de estas características debería plantear respuestas a dos premisas fundamentales que explican el por qué era necesario que la Corte analizara este tema: “¿cómo debe entenderse el estándar de prueba para el libramiento de la orden de captura?”; y “¿qué tipo de ejercicio valorativo puede llevar a cabo el juez de control en relación con los datos de prueba?”. Cuestiones que, sin embargo, no se resolvieron.

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​Contra las cuerdas

Hasta en cuatro ocasiones, la ministra Batres tomó la palabra para esgrimir respuestas (que por momentos parecían más bien quejas) respecto al consenso de críticas sobre su proyecto. Por ejemplo, se empeñó en referir que su propuesta sí era un análisis de la constitucionalidad de las órdenes de aprehensión.

Luego se quejó de que, según ella, sus colegas no habían dado elementos del por qué consideraban que la propuesta desbordaba la “litis” o por qué se asumían las labores de juez de control. En particular, reprochó al ministro Figueroa lo que consideró eran argumentos incongruentes, y le pidió incluso “rectificar” su postura pública.

Tras las nuevas intervenciones de varios de los ministros Batres volvió a asumir una posición defensiva e incluso dijo que le parecía que la crítica “no era justificada”, pero que aceptaba incluir lo que consideraba era una “critica” que enriqueciera su proyecto. Esta última observación provocó que varios de los ministros anunciaran que reservarían un posible voto concurrente hasta conocer el engrose de sentencia del asunto, algo en lo que el ministro presidente estuvo de acuerdo.

Ya a punto de esgrimir la votación, Batres volvió a mostrar su inconformidad con sugerencias que le hicieron los ministros de como plantear los resolutivos, lo que provocó que Aguilar Ortiz insistiera en que se reservarían un posible voto en contra hasta conocer el texto completo. Ello para “evitar mayor debate”, dijo el ministro, tras advertir la actitud confrontativa de la ministra ponente.

Aprobado, pero intrascendente

Aunque al momento de esgrimir la votación final todos los ministros estuvieron a favor del sentido, la mayoría dijo estar en contra o inconforme con los razonamientos, método y ruta con el cual Batres llegó a dicho resultado. Es decir, estuvieron de acuerdo con revocar el amparo que había ganado Cabeza de Vaca, pero en desacuerdo sobre la forma en cómo el proyecto llegaba a dicha conclusión.

Esto es una situación muy inusual, según lo planteado en entrevista por la maestra Melissa Ayala. Ello, ya que cuando la Corte asume la discusión de un caso, lo que se busca es un consenso que más allá del resultado genere métodos y razonamientos que, para el caso que se aborda, pongan precedentes.

“Parece que se les olvida que tenemos un sistema precedente que es la labor de un tribunal constitucional y, con ello, evitar que todos los casos lleguen a esa instancia. Pero cuando ocurren situaciones como la de este tema, pues es imposible que ese precedente se genere”, explicó.

Ayala coincidió con algunas impresiones que se han expuesto públicamente, respecto a que pareciera que, en este caso, los ministros solo parecían estar de acuerdo de generar un resultado que dejara sin efectos la orden de Cabeza de Vaca, en vez de apostar por generar un documento que sirva para valorar no uno sino todas.

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  • Arturo Ángel
  • Periodista, corresponsal y escritor. Especializado en la investigación de temas de corrupción, justicia, derechos humanos, transparencia y democracia en México y Estados Unidos. Ganador del Premio Nacional de Periodismo y del Premio Alemán de Periodismo, y nominado a un Emmy. Autor de dos libros publicados por Penguin Random House.

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