Aprueban cambio de identidad y género en actas de nacimiento

También aprobaron que los padres elijan el orden de los apellidos de sus hijos

Transexuales ya pueden hacer cambio de identidad y género en sus actas de nacimiento. (Maribel Calderón)
Alejandro Reyes
Pachuca /

Los diputados locales aprobaron dos reformas a la Ley de la Familia del Estado de Hidalgo: la primera para que el apellido de los hijos puedan ir en el orden que los padres determinen y la segunda para que las personas travestis, transexuales y transgénero puedan cambiar la identidad y género de su acta de nacimiento en el Registro Civil.

La primera reforma, presentada por la diputada local del Partido Acción Nacional (PAN), Claudia Lilia Luna Islas, establece que tratándose del nombre de la niña o del niño que se registra, éste se formará con el o los nombres propios, cualquier apellido de la madre y cualquier apellido del padre, en el orden que –de común acuerdo– determinen.

En caso de no existir acuerdo entre los padres, el oficial del Registro del Estado Familiar procederá a realizar un sorteo, el cual determinará quién de los padres elige el primer apellido.


Cuando solo sea la madre o el padre quien se presente ante el Oficial del Registro del Estado Familiar y solicite que en el acta se incluya a ambos progenitores, la solicitud deberá acompañarse de carta poder firmada por ambos, en la que exprese el consentimiento del orden de los apellidos y presentar identificación oficial. De no cumplirse con este requisito, ambos padres deberán acudir para que se realice el registro correspondiente.

El orden de los apellidos del primer hijo acordado entre la madre y el padre o el que derive del sorteo, será el mismo para los demás hijos e hijas del mismo vínculo, aun cuando los padres se encuentren en proceso de divorcio o separación.

Una vez registrada la niña o el niño, se le deberá asignar la Clave Única del Registro de Población.

En la segunda reforma a la ley, presentada por la diputada local del Partido de la Revolución Democrática (PRD), el grupo legislativo de Morena y el diputado local del Partido Nueva Alianza (Panal), Marcelino Carbajal Oliver, se aprobó que las personas de la comunidad LGBTTTI puedan cambiar la identidad y género de sus actas de nacimiento en el Registro Civil.

Así toda persona mayor de edad que requiera el reconocimiento de su identidad de género podrá presentar solicitud al Oficial del Registro del Estado Familiar respectivo, quien realizará la anotación marginal en el Libro correspondiente, con lo que reservarán el registro primario e inscribiendo el nuevo registro de nacimiento, asentando el nombre elegido y el género adoptado, persistiendo los demás datos asentados.

Una vez cumpliendo el trámite, se enviarán los oficios con la información, en calidad de reservado, a la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría de Relaciones Exteriores, Instituto Nacional Electoral, Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo, Procuraduría General de la República y del Estado, Centro Nacional de Información del Sistema Nacional, al Consejo de la Judicatura Federal y demás competentes, para los efectos legales procedentes.

Para realizar la solicitud de reconocimiento de la identidad de género, sin menoscabo de los requisitos que señale la reglamentación correspondiente, las personas interesadas deberán presentar: solicitud debidamente requisitada, copia certificada del acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente, original y copia fotostática de su identificación oficial, y original y copia de su comprobante de domicilio actualizado.

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