ASF cumplirá "enfáticamente" resolución de SCJN que le permite auditar al Infonavit

Desde el Poder Judicial facultaron a la Auditoría Superior de la Federación a recabar los antecedentes de gestión y finanzas del instituto.

Desde el Poder Judicial reconocieron las competencias de la ASF para investigar al Infonavit. (Rolando Riestra)
José Antonio Belmont y Rafael Montes
Ciudad de México /

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) informó que cumplirá “enfáticamente” la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual le dio luz verde para auditar los recursos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

Después de que la Segunda Sala de la SJCN resolvió el amparo en revisión 157/2020 y determinó que la ASF puede auditar los recursos públicos que se destinen al Infonavit, el órgano fiscalizador manifestó que “reafirma su compromiso con el Estado de Derecho y la Legalidad como máxima autoridad de fiscalización superior de los recursos públicos federales”.

La ASF “reitera su máximo respeto a la autonomía de la SCJN y a las resoluciones que emite el Máximo Tribunal Constitucional del país y reafirma su compromiso con el Estado de Derecho y la Legalidad como máxima autoridad de fiscalización superior de los recursos públicos federales, en aras del fortalecimiento a la transparencia y rendición de cuentas, en beneficio de la sociedad”, expresó en un comunicado.

Explicó que el amparo 157/2020 inició cuando la ASF incorporó en su Programa Anual de Auditorías 2018 una que estaba relacionada con el desempeño al Control Interno y Gobernanza y otra que trata sobre el cumplimiento a la Gestión Financiera del Infonavit.

“Ello por tratarse de actividades estatales y de recursos sujetos a fiscalización con sustento en una obligación constitucional”, argumentó.

Sin embargo, esta determinación fue recurrida por el Infonavit ante el Poder Judicial de la Federación en diversas instancias, pero terminó resolviéndose en definitiva por el Alto Tribunal en un acto en el que la Corte reconoció la competencia legal de la ASF para auditar al instituto.

Por mayoría de votos, los ministros rechazaron amparar al Infonavit, el cual argumentó que se trata una institución autónoma de la Administración Pública Federal (APF) y su patrimonio “solo” se conforma por recursos de carácter privado, “por lo que no está sujeto a auditoria ya que se rige por su propia ley”.

De acuerdo con el proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, aprobado por tres de sus compañeros, reconoce que el Infonavit tiene una naturaleza sui generis, pues interviene el gobierno federal, la parte trabajadora y la patronal.

No obstante, la ministra Esquivel Mossa consideró que “en cuanto a su funcionamiento, operación, desarrollo y control”, el instituto “estaba sujeto a la Ley Federal de Entidades Paraestatales”.

De acuerdo con la determinación, si “el numerario que se percibe por las aportaciones de seguridad social se integra debidamente a las subcuentas de vivienda, esto es, que se hagan los depósitos que corresponden”.

Además, en el proyecto se detalla que no son auditables por parte de la ASF, “el numerario que en forma efectiva está depositado en la subcuenta de vivienda, es decir, aquél que para efectos contables ingresa a la misma, pues son propiedad de los trabajadores”.

“Así como tampoco el numerario, diverso a la subcuenta de vivienda que está en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), como lo son las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias”.

​OMZI

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