Aunque el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2023 asciende a 62 mil 686 millones 707 mil 871 pesos, las dependencias y entidades que recibirán recursos deberán sujetarse a las prohibiciones, limitaciones y reducciones establecidas en las disposiciones de austeridad, mejora y modernización de la gestión pública.
Así para este año queda prohibida la constitución de fideicomisos, fondos, mandatos o análogos públicos o privados y no se permitirá hacer aportaciones, transferencias, pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización del gasto.
Únicamente podrán contar con escoltas con cargo al erario público el gobernador del estado y los servidores públicos con alta responsabilidad en seguridad pública, procuración e impartición de justicia. Los vehículos solo podrán utilizarse para asuntos prioritarios y para la atención directa a la población.
Se limitarán las erogaciones por concepto de gastos en congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, conferencias o cualquier otro tipo de foro o evento análogo así como por concepto de giras, audiencias y gastos de orden social.
De acuerdo con el Presupuesto aprobado por los diputados locales y planteado por el gobierno del estado encabezado por Julio Menchaca Salazar, la remodelación de oficinas se limitará a lograr una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles que generen ahorros en el mediano plazo, las que se destinen a reparar daños provenientes de casos fortuitos, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más eficiente la atención al público.
En tanto, los Poderes Legislativo y Judicial, así como los Entes Autónomos, deberán implementar medidas equivalentes a las aplicables en las Dependencias y Entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Periódico Oficial y en sus respectivas páginas de internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro, asimismo, reportarán en los Informes Trimestrales las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorro obtenidos.
Las disposiciones de austeridad, mejora y modernización de la gestión pública establecen el no crear plazas, salvo que las Dependencias y Entidades cuenten expresamente con recursos aprobados para tal fin en este Presupuesto de Egresos, así como aquellas que sean resultado de reformas jurídicas.
Si no se crean programas nuevos o se amplían las metas, los gastos por servicios de telefonía, fotocopiado y energía eléctrica; combustibles, arrendamientos, viáticos, honorarios, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, estudios e investigaciones y eventos culturales, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la inflación.
Gastos “superfluos”
La remodelación de oficinas se limitará, a lograr una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles que generen ahorros en el mediano plazo, las que se destinen a reparar daños provenientes de casos fortuitos, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más eficiente la atención al público.
Para las dependencias se realizará la contratación consolidada por parte de la Oficialía Mayor de materiales y suministros; servicios, incluyendo, telefonía, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, fotocopiado, vigilancia, vales de despensa, medicamentos, seguros sobre personas y bienes, entre otros, siempre y cuando se asegure la obtención de ahorros y de las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio y oportunidad.
En lo referente a las pólizas de seguros sobre personas y bienes contratadas, se deberán realizar las acciones necesarias para incorporarse a las pólizas institucionales coordinadas por la Oficialía Mayor, siempre y cuando dicha incorporación represente una reducción en el gasto global y se mantengan o mejoren las condiciones contratadas.
Los recursos en numerario, así como activos, derechos, títulos, certificados o cualquier otro análogo que se aporten o incorporen al patrimonio de fondos o fidecomisos serán públicos y no se podrá invocar secreto o reserva fiduciaria para su fiscalización.