FGR publica lineamientos para implementación y operación de Banco Nacional de Datos Forenses

De acuerdo con la publicación de la FGR, el procedimiento para la atención de las solicitudes de búsqueda deberá ser automatizados.

Búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas | Cortesía
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Fiscalía General de la República (FGR) publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos del Banco Nacional de Datos Forenses, a fin de regular su funcionamiento, operación, cooperación, administración, integración e implementación. Estos lineamientos también aplican para el Registro Forense Federal, el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, el Registro Nacional de Fosas Comunes y de Fosas Clandestinas y la consolidación de la Base Nacional de Información Genética.

Estos registros se interconectarán con otras bases o sistemas a cargo de autoridades de los distintos órdenes de gobierno que contengan información relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas, así como para la investigación de los hechos que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas señala como delitos.

Estos lineamientos buscan concentrar la información con el objetivo de que estén interconectados y actualizados en tiempo real, a fin de que las "autoridades competentes estén en condiciones de llevar a cabo las consultas para el ejercicio de sus atribuciones".

De acuerdo con la publicación de la FGR, el procedimiento para la atención de las solicitudes de búsqueda deberá ser automatizados, por lo que contará con un manejador de consultas de información bajo criterios que incluyan nombre, alias, seudónimo; filiación descriptiva; características individualizantes; existencia de perfil genético y existencia de muestra de huella dactilar; correo electrónico; número telefónico; objetos; prendas, vestimenta; puntos de hallazgo y recuperación, entre otros.

"Las personas víctimas, las personas familiares y demás personas legitimadas para ello podrán solicitar la consulta del Banco Nacional de Datos Forenses por conducto de la persona agente del Ministerio Público a cargo de la investigación de que se trate, a través de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas o las Comisiones de Búsqueda de Personas en las Entidades Federativas o por mandato de la autoridad judicial", detalla el documento.

LG 

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