Ssa deberá difundir versión pública de base de datos de defunciones en 2020: INAI

La ponencia de Blanca Lilia Ibarra consideró que la reserva de la información era improcedente, pues los datos requeridos no son opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de servidores públicos.

La Ssa respondió primero que la información era confidencial bajo el argumento de que la lista contiene nombres. (Melanie Torres)
Rafael Montes
Ciudad de México /

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Salud entregar la versión pública de la base de datos del Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones que revele la cifra de defunciones registradas entre el 1 de enero y el 10 de septiembre de 2020.

En sesión del pleno, el INAI revocó la respuesta inicial que la dependencia federal entregó a una solicitud de información en la que se pidió conocer datos como folio, fecha de defunción, causa de la defunción, sexo, edad, lengua indígena, estado conyugal, residencia, escolaridad, ocupación, afiliación a servicios de salud, y el sitio donde murió cada una de las personas registradas en dicho subsistema.

La secretaría respondió primero que la información era confidencial bajo el argumento de que la lista contiene nombres, ya que fue integrada la información de los certificados de defunción y de muerte fetal, y contiene datos personales sensibles, como los datos de salud, localización de residencia y ocurrencia de defunción, entre otros.

Después, ante al recurso de revisión interpuesto ante el INAI, la Secretaría cambió el criterio y declaró la información como reservada, con el argumento de que se encuentra en proceso de integración por parte de las instituciones del Sistema Nacional de Salud y que si se divulgara de forma preliminar, implicaría proporcionar información incompleta, parcial y no validada.

La ponencia de la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra, analizó el caso y consideró que la reserva de la información era improcedente, pues los datos requeridos no consisten en opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos.

“El proceso de consolidación de la información a través del subsistema en comento no concluye con la toma de una decisión o postura institucional ni reviste el carácter de negociación en la que esté involucrado el Inegi, en tanto que solo se trata de un proceso de validación de datos capturados o recabados en el subsistema”, argumentó Ibarra.

Por ello, consideró que resulta procedente que la secretaría entregue en versión pública dicha base de datos, testando únicamente la información que haga identificables a personas físicas, como el nombre, la Clave Única de Registro de Población de Particulares, domicilios de residencia y de defunción, folio de certificado de nacimiento y el folio del sistema, así como la fecha y lugar de nacimiento y el número de afiliación, etcétera.

La comisionada Blanca Lilia Ibarra dijo que en el contexto de la pandemia por covid-19 presente, “la información solicitada en este asunto constituye un insumo indispensable para sistematizar la prevalencia de las defunciones y sus determinantes en distintas regiones del país, conocer su frecuencia, mejorar el entendimiento de esta enfermedad y también nos permitirá realizar comparaciones entre otros países”.

Dijo que la apertura de los datos de los registros de mortalidad del país integrados en el Sistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones “coadyuvará a renovar la confianza de las personas en las instituciones del Estado y dotarán de legitimidad y credibilidad al despliegue de políticas que contrarresten los impactos sanitarios de esta crisis inédita”.

Explicó que conocer el número de muertes registradas permite contar con un indicador de exceso de mortalidad, “que resulta de gran utilidad en la crisis de covid-19, pues contribuye a ponderar su impacto real ya sea por los decesos atribuibles a la enfermedad o bien por otras condicionantes”.

JLMR

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