Cárcel por disparar al aire "para celebrar"; propone diputada

La ley otorga permisos de portación, pero no hay castigo para quienes hacen disparos al aire por festejar algo.

Al realizar un disparo al aire, la bala viaja a una distancia de 1.6 kilómetros. (Especial)
Cristina Gómez
Tampico /

La Constitución otorga a los ciudadanos el derecho de poseer armas de fuego en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, excepto las reservadas a fuerzas federales. Para ello, la ley otorga permisos de portación, pero no hay castigo para quienes hacen disparos al aire por festejar algo.

Es por ello que la diputada tamaulipeca Blanca Narro, presentó en San Lázaro una iniciativa que reforma el Código Penal para tipificar esta conducta como delito y castigarlo con seis meses a tres años de prisión, así como 180 a 360 días multa, decomiso de la pistola y cancelación de la licencia.

Señaló que en celebraciones como bodas, XV años, Navidad y, principalmente Año Nuevo, hay personas que hacen detonaciones sin ningún tipo de medida o protección, ni importarle las consecuencias que ello genera, lo que considera un acto de irresponsabilidad.

Explicó que si se dispara un arma de fuego al aire, la bala viajará hasta 1.6 kilómetros hacia lo alto -dependiendo del ángulo y la potencia- y caerá, con una velocidad bastante letal si llega a impactar a una persona.

Citó que en 2020, durante los festejos de Año Nuevo, al menos una persona murió y 19 resultaron heridas en distintos estados del país por balas disparadas al aire.

En su exposición de motivos, destacó que México es el segundo país en América Latina con el mayor número de incidentes por balas perdidas, con un total de 116, solo por debajo de Brasil. El saldo fue de 55 decesos.

“En muchos hogares mexicanos se cuenta con armas de fuego, sin embargo, la mayoría de estas no cuenta con permisos legales y tampoco hay un adecuado adiestramiento en su manejo”, agregó.

Enfatizó que hacer disparos al aire no se encuentra tipificado como un delito, con excepción de algunas entidades (Nuevo León, Estado de México, Ciudad de México) a pesar de la gravedad de los daños que pueda causar, y si llega a morir alguien debido a ello, las investigaciones que se realizan son nulas o poco eficientes.

La propuesta es adicionar una fracción VI y un tercer párrafo al artículo 162 del Código Penal Federal, con el objeto de tipificar como delito el disparo de armas de fuego sin justificación lícita en lugares no autorizados para tal efecto (disparos al aire), o su uso sea contrario a garantizar su seguridad y legítima defensa.

Asimismo, se busca reformar la fracción IV del artículo 31 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de establecer que en los casos en que el delito sea cometido por una persona que cuente con licencia de portación de arma de fuego, se procederá a la cancelación de la misma.


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