En la Ciudad de México podría quedar prohibido el alquiler de casas y departamentos a través de la plataforma de hospedaje, Airbnb u otras plataformas similares.
Así lo establece una iniciativa de ley que presentó el pasado 15 de julio, la diputada de Morena, Leticia Estrada, que busca expedir una nueva ley de de propiedad en condominio de inmuebles para la capital.
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De acuerdo con el documento, en el articulo 17 se explica que los habitantes no podrán utilizar su propiedad privada “en contravención a su destino y uso de suelo autorizados”, y mucho menos que sirva para otros objetos que no estén establecidos en su escritura.
Asimismo, no se llevarán a cabo actividades de tipo industrial, comercial o de servicios en las viviendas.
“Por ningún motivo podrán ser destinadas a hospedaje de carácter temporal como el que ofrece la plataforma Airbnb u otras modalidades semejantes en contravención a las normas condominales, de establecimientos mercantiles, sanitaria, de protección civil, permisos de uso de suelo, fiscal y demás”, aclara la disposición.
Se explica que la Procuraduría Social (Prosoc) local impondrá una sanción de 4 mil 344 a 26 mil 064 pesos, a quienes contravengan esta medida y cambien modifiquen el destino de una vivienda o unidad de propiedad privativa.
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La propuesta también señala que en los condominios de construcción vertical, las obras que se requieren en la azotea y sótanos, así como la reparación de desperfectos ocasionados por sismos, hundimientos diferenciales o por cualquier otro fenómeno natural serán por cuenta de los condominios.
Hace obligatorio la constitución de una Asamblea General de personas condóminas, quienes ejercerán su derecho a tomar acuerdos y resolver asuntos de interés propio y común mediante proceso democrático.
Estas se llevarán a cabo cada seis meses con la finalidad de informar sobre el estado que guarda la administración del condominio, y también se podrán realizar reuniones extraordinarias en caso de alguna emergencia.
Quienes deseen participar en este órgano máximo vecinal deberán acreditar que son propietario o poseedor del inmueble mediante escritura pública, recibo predial o documento similar.
Se instalará un Comité de Vigilancia, que deberán de cerciorarse de que la persona administradora cumpla con los acuerdos establecidos y revisar periódicamente todos los comprobantes, contabilidad, libros de actas, estados de cuenta y en general toda la documentación e información del condominio.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana y Vivienda para su análisis y dictaminación.
EB