CEAV facilita trámites para comprobación de gastos a víctimas de delitos

La CEAV otorga los recursos de ayuda que requieran las víctimas para garantizar que superen las condiciones de necesidad que tengan relación directa con el hecho.

El Paquete Económico 2020 aumenta el presupuesto a víctimas de delitos. (Archivo)
Omar Brito
Ciudad de México /

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se reforman los lineamientos para el otorgamiento de recursos de ayuda, asistencia y reparación integral a personas en situación de víctima.

Este acuerdo tiene como objetivo volver más sencillo los trámites administrativos para la solicitud de recursos de ayuda y comprobación de gastos.

Los cambios flexibilizan la solicitud de recursos de ayuda y la comprobación de estos gastos, previstos en la Ley General de Víctimas, cuya más reciente actualización fue el 18 de febrero de 2022, y la cual establece que la CEAV otorga los recursos de ayuda que requieran las víctimas para garantizar que superen las condiciones de necesidad que tengan relación directa con el hecho.

En apoyo a las diligencias de las víctimas, la CEAV otorga recursos para sus traslados terrestres o aéreos, a fin de que su movilidad sea fácil, rápida y segura; también para sus alojamientos, con el objetivo de que tengan estancias cómodas y seguras, así como apoyos para su alimentación.

El organismo explicó que la comprobación de gastos ayuda a conservar el presupuesto y garantiza que los recursos lleguen de manera directa a las personas que fueron víctimas de delitos o violaciones a los derechos humanos. Señaló que es por esta razón que el documento idóneo para la comprobación fiscal de gastos es el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).

Con la actualización de los lineamientos, en caso de que las personas beneficiarias no puedan obtener el CFDI, debido a las condiciones geográficas o a los hábitos de consumo del lugar donde se encuentren, se prevé que estos gastos se comprueben mediante el Anexo 4 (alimentación y alojamiento) y Anexo 5 (traslados).

El acuerdo publicado actualiza los numerales 4.1, 4.6, 13, 23, 25.3, 34, 41, 49, 51; los numerales del inciso b del numeral 32.1, 32.2, 32.3, 34, 53, 54, 55, 58; los incisos e y f del numeral 67, 68, 70 inciso a, y 76 de los lineamientos para el otorgamiento de recursos de ayuda, asistencia y reparación integral a personas en situación de víctima.


LG 

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