La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) aclaró que los despidos que se aplicarán en distintas representaciones de México en todo el mundo a partir del 1 de marzo corresponden a personal temporal contratado bajo el artículo 7 de la Ley del Servicio Exterior.
“No forma parte del Servicio Exterior Mexicano (SEM), ni figura en los escalafones respectivos y causará baja en la plaza que se les haya asignado al concluir la vigencia de su nombramiento temporal, que será hasta por un año”.
Señaló que los nombramientos temporales “pueden prorrogarse por periodos adicionales hasta por un año” sin que el tiempo pueda extenderse a seis años, incluso si se cambia de rango, función o adscripción dentro del lapso.
En este sentido, la secretaría puede cesar al personal temporal, sin que exista algún mínimo previsto en la Ley del Servicio Exterior para que deje el cargo.
“El personal temporal que requiera la secretaría será designado por acuerdo del titular, previo dictamen favorable emitido por la comisión de personal, con base en los perfiles que defina esa comisión. Dicho personal desempeñará funciones especializadas en adscripciones determinadas, de conformidad con los referidos perfiles y las necesidades del servicio”, establece el artículo 7.
Ante este panorama, en septiembre de 2018, la SRE informó a los 140 funcionarios contratados bajo el esquema que, derivado del cierre de la administración, se prorrogarían sus contratos al 30 de noviembre de 2018.
En noviembre, a 114 de éstos se les otorgó una prórroga adicional hasta el 28 de febrero de 2019. El pasado 8 de febrero de 2019, a 60 de ellos se les confirmó el término de su comisión.
Ceses en la SRE, de personal temporal
Aclaración. La dependencia detalló que esos empleados no son parte del Servicio Exterior Mexicano.
Ciudad de México /
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