La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 67VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Luis Cresencio Sandoval, por violaciones graves a los derechos humanos de una mujer, detenida arbitrariamente en el año 2009 por militares en Coatzacoalcos, Veracruz, y sometida a actos de tortura y violencia sexual; así como por la vulneración del interés superior de la niñez en agravio de sus dos hijos, quienes al momento de los hechos eran menores de edad.
Según el expediente de queja, el 9 de septiembre de 2009 la víctima se encontraba en su hogar, en compañía de su esposo, cuando escuchó ruidos y salió de su habitación. En el inmueble había alrededor de 13 elementos castrenses quienes derribaron la puerta y le solicitaron identificarse. Acto seguido, le preguntaron por “el dinero, por la droga y su jefe” y posteriormente le ataron las manos, le colocaron una venda y la subieron a una camioneta de la Sedena.
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La víctima fue trasladada a una base militar, donde un médico la revisó y le tomó fotografías para después subirla a otra camioneta militar, siendo custodiada por dos soldados, quienes realizaron tocamientos en su cuerpo, la amenazaron con abusar sexualmente de ella, advirtiéndole que “debía cooperar” o matarían a sus hijos. Finalmente, la víctima ingresó a un Centro de Readaptación Social del Estado de México, donde actualmente continúa privada de la libertad.
Aun cuando la Sedena informó a la CNDH que la víctima había sido detenida en un patrullaje ejecutado en calles de Coatzacoalcos y que, tras ser asegurada, aceptó su participación en la comisión de diversos ilícitos y formar parte una organización criminal; personal de la Comisión Nacional entrevistó a una víctima indirecta que narró las circunstancias en las que ocurrieron los hechos, así como a un testigo que señaló que ese día el personal militar se “equivocó” de casa e ingresó a la suya, causando múltiples destrozos, con lo cual se acredita que la víctima fue detenida de manera ilegal y arbitraria.
La revisión de diversos documentos, como análisis médico-psicológicos elaborados por personal de la CNDH, la declaración ministerial de la víctima y el informe de puesta a disposición; permitieron certificar las afectaciones derivadas de las agresiones físicas y psicológicas que sufrió la víctima por parte de los elementos militares que participaron en su detención. Además de ello, se comprobó que existió daño a sus hijos, quienes tenían seis y 10 años al momento de los hechos, quienes fueron privados de los cuidados maternos indispensables para su pleno desarrollo en los primeros años de vida, hasta cumplir la mayoría de edad.
Al acreditar violaciones graves a los derechos humanos, a la libertad y seguridad personal, por la detención arbitraria, a la integridad personal, al trato digno por actos de tortura y violencia sexual en agravio de la persona detenida; así como al interés superior de la niñez de sus dos hijos menores de edad, la CNDH solicitó al titular de la Sedena proceder a la reparación inmediata del daño causado a las víctimas directas e indirectas de este caso, incluyendo para ello una compensación justa tomando en cuenta la gravedad de lo ocurrido.
También, debe proporcionarles rehabilitación, a través de atención médica y psicológica, además de otorgarles los medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos, así como colaborar en el trámite y seguimiento de la carpeta de investigación iniciada por lo ocurrido; emitir una circular para exhortar al personal castrense en el estado de Veracruz a cumplir con las directrices en materia de prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; además de la violencia y la tortura sexual.
LP