CNDH llama a funcionarios a tomar acciones para evitar espionaje como en caso Pegasus

Existe un riesgo de un posible ejercicio abusivo de la ley, ya que su redacción actual facilita a las autoridades el uso de tecnologías de espionaje.

La comisión alertó que la legislación actual podría ser ambigua ante estas pácticas. | Shutterstock
Sandra Rojas
Ciudad de México /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación General 47/2022 a los presidentes de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Olga Sánchez Cordero Dávila; de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna; de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional del Poder Legislativo, Imelda Castro; así como a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez, y al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por el caso de espionaje relacionado con el sottware Pagasus.

La comisión analizó la investigación relativa a la presunta intervención de las comunicaciones privadas de personas defensoras de derechos humanos y periodistas por parte de autoridades del gobierno mexicano, así como las normas legales que facultan a las autoridades para utilizar sistemas como Pegasus para intervenir teléfonos y otros dispositivos electrónicos; y advirtió la existencia de normas que facilitan que las autoridades, valiéndose del argumento de investigar amenazas a la seguridad nacional o delitos graves, empleen sistemas como Pegasus para intervenir comunicaciones privadas de manera inmediata y sin controles legales claros.

La CNDH identificó que existe un riesgo grave de un posible ejercicio abusivo de las facultades previstas en la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Militar de Procedimientos Penales, ya que la redacción actual de estas normas facilita a las autoridades el uso de tecnologías de espionaje como Pegasus, al ser susceptible de una interpretación subjetiva para justificar, con el discurso de seguridad nacional o investigación de delitos graves, el uso irrestricto de este tipo de tecnología.

Por ello, solicitó a la Cámara de Senadores y de Diputados del Congreso de la Unión, así como a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional del Poder Legislativo ,realizar las adiciones o modificaciones del marco jurídico actual sobre intervención de comunicaciones privadas, considerando que se evite el uso de términos generales, abiertos y ambiguos, respecto a los actos que pueden ser considerados amenazas a la seguridad nacional.

Del mismo modo, pidió establecer procedimientos que incorporen criterios claros e inequívocos sobre la elección, adquisición y uso de tecnologías para la vigilancia, intervención y recolección de datos, preciar el perfil de las personas servidoras públicas responsables del uso de tecnologías para la vigilancia, intervención y recolección de datos, así como de las personas servidoras públicas responsables del manejo de la información obtenida mediante tales tecnologías.

En cuanto a las empresas, la CNDH exhortó prever la responsabilidad de las empresas que desarrollen y comercialicen tales tecnologías, establecer prohibiciones claras y específicas sobre la modificación personalizada de los productos y se realicen las adiciones o modificaciones al marco jurídico actual para que de manera obligatoria las autoridades que realicen intervenciones a comunicaciones privadas rindan un informe al Poder Judicial de la Federación, con una periodicidad específica, sobre el uso y destino de los datos e información obtenidos, como estadístico.

Mientras que a la SSPC le solicitó impulsar ante el Consejo de Seguridad Nacional la emisión de un instrumento administrativo mediante el cual se regule el uso de aparatos o sistemas útiles en la intervención de comunicaciones privadas; mientras que a la FGR le exhortó a continuar con la investigación del caso en el ámbito de su competencia.


LP

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