Simón Pedro de León Mojarro, ex coordinador de Delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), acusado de presuntos desfalcos a la Hacienda Pública, libró una sanción económica impuesta por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) con el argumento de que fue falsificada su firma.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió por unanimidad anular la responsabilidad resarcitoria que le había dictado la Dirección de Responsabilidades de la ASF, entre otras razones, porque pruebas de grafoscopía y documentoscopía concluyeron que no es suya la firma que aparece en el documento en el que se basó la sanción.
El proyecto de resolución que fue presentado en sesión del pleno del TFJA por el magistrado Carlos Chaurand Arzate analizó las acusaciones en contra del ex funcionario federal, entonces colaborador de Rosario Robles, derivadas de una auditoría a un convenio firmado entre la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y la Sedesol en 2013.
Dicho convenio se celebró sin que se verificara que la universidad contaba con la capacidad material, técnica y humana para el cumplimiento del objeto del mismo.
A De León Mojarro se le responsabilizó por su omisión al no haber verificado que la universidad contara con esas capacidades para cumplir con lo establecido en el convenio, lo que derivó en un desfalco al erario.
No obstante, el ex funcionario se defendió al argumentar que “si bien se acreditó que el hoy actor era responsable de vigilar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el convenio, también es cierto que no era su obligación cerciorarse que se cumplieran los requisitos formales legales o materiales previos a la celebración del convenio”.
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El proyecto expone que “las obligaciones que le fueron atribuidas se limitaban a la vigilancia y supervisión en el cumplimiento de las obligaciones contraídas con motivo del convenio, máxime que previamente a la suscripción del mismo, la capacidad con la que contaba la universidad para contratar fue verificada por otra área de la secretaría”.
Además, a De León Mojarro se le atribuye el hecho de firmar el acta finiquito y recibir los entregables, objeto del convenio. No obstante, en su defensa, ofreció prueba pericial de grafoscopía y documentoscopía, que fue valorada por la ponencia, la cual determinó conceder pleno valor probatorio a los dictámenes rendidos por el perito del actor y por el perito tercero, “ya que fueron coincidentes con sus conclusiones, a las que arribaron utilizando diversos métodos de estudio, que crearon convicción de que la firma estampada en el acta de finiquito no corresponde al puño y letra del actor”.
Por ello, el magistrado consideró que “la conducta base del fundamento de la responsabilidad resarcitoria no le es imputable al hoy actor y en consecuencia no se acredita la existencia de un daño causado a la Hacienda Pública federal, por lo que es procedente declarar la nulidad de la resolución impugnada”.