La Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo (CBPEH) cuenta solo con alrededor de 22 personas para las acciones de búsqueda, de acuerdo con el comisionado Francisco García Reyes.
Indicó que estas 22 personas cubren los 84 municipios del estado, al tiempo de reconocer que “no hay personal que alcance, porque a veces estamos en un lado y a veces estamos en otro”.
De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB), entre el 1 de enero y el 31 de agosto de este año Hidalgo registra 112 personas desaparecidas y no localizadas, principalmente en los municipios de Pachuca, Tulancingo, Tizayuca, Tizayuca, Mineral de la Reforma y Tula de Allende.
El Registro señala también que en los últimos ocho meses se han localizado en Hidalgo a 516 personas, de las cuales 492 han sido localizadas con vida y 24 sin vida.
Por su parte, la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo informó que entre el 31 de agosto y el13 de septiembre, se iniciaron 27 fichas de búsqueda y se localizó a 29 personas, 14 de ellas mujeres y 15 hombres.
“Luego no hay gente que alcance, entre más seamos sería muy grato, mayor cantidad de personal, mayor equipo, mayor coordinación”, admitió el comisionado de Búsqueda.
Ante ello, mencionó que la Comisión se apoya “en gran medida” con personal de la Secretaría de Seguridad Pública estatal, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), “y con gente de los mandos coordinados de las policías municipales”.
La Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Hidalgo establece que las instituciones de Seguridad Pública estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben contar y garantizar la disponibilidad inmediata, de grupos de intervención y de reacción en materia de búsqueda de personas, que atienda las solicitudes de la Comisión de Búsqueda de Personas, además de cumplir con la certificación respectiva, debe acreditar los criterios de idoneidad que emita la Comisión Nacional de Búsqueda.
De igual modo, la Ley también señala que las instituciones de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo y municipales seleccionarán, de conformidad con los procedimientos de evaluación y controles de confianza aplicables, al personal policial que conformará los Grupos de Búsqueda.
Francisco García aseguró que se tiene coordinación con las policías municipales y apuntó que constantemente se les capacita en la Comisión para realizar acciones de búsqueda inmediata.
Puntualizó que la Ley en Materia de Desaparición de Personas también obliga a los municipios a realizar acciones de búsqueda al momento en que se tiene una persona desaparecida.
La Ley establece que los ayuntamientos coadyuvarán con las acciones de búsqueda y localización de personas desaparecidas y no localizadas a través de cinco acciones.
Estas acciones son: determinar el área responsable de recibir las noticias de Personas desaparecidas y no localizadas y dar aviso inmediato a la Comisión de Búsqueda de Personas y a la Fiscalía Especializada; capacitar a las personas servidoras públicas para iniciar las primeras acciones de búsqueda, de conformidad con el Protocolo Homologado de Búsqueda, en términos de la Ley General; verificar que en los panteones municipales las fosas comunes cumplan con la normatividad aplicable.
Además de mantener comunicación con autoridades federales y estatales, y establecer enlaces cuando así lo determine la Comisión de Búsqueda de Personas; y establecer facilidades administrativas en el pago de derechos por inhumaciones, cuando estos tengan relación con la búsqueda y localización de una persona desaparecida.