Por unanimidad, las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República se allanaron a los cambios que la Cámara de Diputados realizó a la minuta por la que se expide la nueva Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR).
Los diputados realizaron tres modificaciones al proyecto que previamente el Senado avaló: la primera es que la FGR podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política, tratados internacionales y las leyes aplicables. La víctima podrá solicitar a la Fiscalía General que ejerza su facultad de atracción.
El segundo, es que se devuelve a las fiscalías especiales la facultad de atraer casos de violaciones a los derechos humanos o cuando se trate de un asunto de trascendencia.
Mientras que el tercer cambio es que las víctimas, sus representantes y sus familias podrán involucrarse en la investigación de casos.
Los senadores representantes de todos los partidos políticos se congratularon con los cambios hechos por la colegisladora.
En su intervención, Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD en el Senado, dijo que su bancada está “a favor. No vamos a presentar reservas. No es nuestro interés detener la aprobación de esta ley. Me parece que debe avanzar”.
En tanto, Damián Zepeda, senador del PAN, destacó que su bancada está a favor de los cambios porque son positivos.
En el dictamen se señala que la FGR participará de forma permanente en los sistemas nacionales de Búsqueda de Personas, para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas y en el Mecanismo de Protección de Personas Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas.
Además, se establece que el Ministerio Público de la Federación se organizará en una FGR como órgano público autónomo y el titular será propuesto por el Presidente de la República y ratificado por el Senado.
Se menciona que el fiscal general sólo podrá ser removido por el titular del Ejecutivo Federal por causas graves comprendidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas.
El dictamen se envió a la Mesa Directiva para ponerlo a consideración del pleno para su discusión y eventual aprobación.
JLMR