La Secretaría del Trabajo y Prevención Social (STPS) informó que la incorporación a personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) será obligatorio desde el primer día de labores.
Los empleadores de manera individual deberán registrar a las y los trabajadores desde el primer momento en el que se presentan a sus actividades y se puede realizar a través de internet.
¿Cómo registrar a una persona trabajadora del hogar?
El registro se puede realizar a través de esta página web y consta de cuatro pasos, los cuales son:
Ingresar los datos del empleador
- CURP.
- Correo electrónico.
- domicilio.
- Datos de contacto.
Información de la trabajadora del hogar
- CURP.
- Domicilio.
- Datos de contacto.
- Número de seguridad social (en caso de no tenerlo, se genera en línea).
Ingresar días y salario
- Salario diario
- Días laborados
Finalizar el registro
- El sistema hace el cálculo de la cuota a pagar.
- Descarga el formato y la línea de captura.
- El pago debe realizarse dentro de los primeros días del mes (en ventanilla o transferencia bancaria).
- El aseguramiento iniciará el primer día del siguiente mes.
- El patrón y el IMSS enviará cada mes la línea de captura para el pago.
¿Cuáles son los beneficios?
Al estar afiliadas al IMSS, disfrutarán de:
- Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.
- Incapacidades.
- Pensión por invalidez y vida.
- Fondo para el retiro.
- Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.
Beneficiarios
- Cónyuge o concubina(rio).
- Hijos.
- Padre y madre.
En caso de existir alguna duda por parte de empleadores o trabajadores, el Seguro Social pone a disposición el número 01 800 623 2323, en un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas, domingos y días festivos en horario de 08:00 a 14:00 horas.
LG