La comunidad Wixárika de Tuxpan rechazó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que invalidó la consulta realizada en mayo pasado en el municipio de Bolaños, donde la mayoría de los participantes había aprobado cambiar el régimen de gobierno por uno de usos y costumbres.
El Tribunal determinó que la consulta, organizada por el
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), no garantizó el voto libre, secreto ni informado, ya que se realizó a
Por unanimidad, los magistrados concluyeron que
este método vulneró la libertad de decisióny la igualdad entre votantes indígenas y no indígenas.
Piden perspectiva intercultural en toma de decisiones
Ante la decisión, la comunidad Wixárika de Tutsipa Kuruxi Manuwe-Tuxpan aseguró que el resultado era "el esperado", pues consideran que en Jalisco no se juzga con perspectiva intercultural, como lo establece el artículo segundo constitucional.
Los wixaritari recordaron que en municipios indígenas como Oxchuc, Chiapas, y Ayutla de los Libres, Guerrero, las consultas para el cambio de régimen se realizan también a mano alzada, como una forma legítima de decisión colectiva reconocida por la ley.
¿Cuándo se realizará una nueva consulta?
De acuerdo con la resolución, el IEPC deberá realizar una nueva consulta en un plazo máximo de 220 días hábiles, que asegure la secrecía del voto, la libertad de participación y el acceso a información clara para toda la ciudadanía.
La sentencia deriva de un juicio promovido por 711 habitantes de la cabecera municipal de Bolaños, quienes denunciaron irregularidades en el proceso del 18 de mayo.
La comunidad adelantó que esperará la notificación oficial antes de definir las acciones legales a seguir, mientras el IEPC deberá preparar una nueva consulta en el municipio de Bolaños.
¿Cuáles fueron las irregularidades encontradas?
El Tribunal determinó revocar el acuerdo que validaba el cómputo de la participación ciudadana, al advertir que el proceso no garantizó la libertad ni el secreto del voto, condiciones mínimas para que la voluntad ciudadana se exprese de manera auténtica.
“En el contexto en que se desarrolló la consulta se genera convicción que en esta existió coacción en el electorado al haberse emitido el voto a mano alzada en las 18 asambleas comunitarias ante la presencia de las representaciones tradicionales y agrarias que participaron en ellas, por lo que el voto no fue libre ni secreto y por tanto los resultados de la votación recibida no expresan fielmente la voluntad de la ciudadanía que participó en dichas asambleas”, se dio a conocer en la revocación.
OV