El Tribunal Electoral del Estado de Jalisco determinó que el presidente municipal de Sayula, Oscar Daniel Carrión Calvario, de Movimiento Ciudadano, ejerció violencia política en razón de género, contra la regidora Fabiola Valencia Macchetto por lo que fue sancionado.
"Yo desde el primer momento en el que tomé cargo de regidora el 1 de octubre del 2021, el presidente dentro de sus facultades designan las comisiones edilicias que vamos a presidir cada uno de los regidores; a mí me da a presidir una comisión inexistente porque no se encuentra en ningún reglamento, que se llama redacción y estilo.
“Minimiza mis capacidades porque yo aparte pues he tenido una trayectoria dentro de la función pública, tanto en el estado como el Ayuntamiento de Guadalajara, entonces a partir de esa situación de minimizar mis capacidades y de denostarme en diferentes sesiones de cabildo, con burlas y cuando intervenía yo él se la pasaba viendo el celular y riéndose", detalló Fabiola Valencia Macchetto.
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En la resolución, los tres magistrados del Tribunal Electoral, ordenaron que el presidente municipal sea inscrito durante un plazo de tres años, en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
Además, ordenó como medida de reparación que el edil se abstenga de realizar cualquier acción que lesione o dañe la dignidad de la regidora.
"Este es un precedente muy importante porque lo que yo he pasado en lo que va de esta administración, las agresiones que he recibido, las pasan muchas mujeres en otros Cabildos, es importante que visibilicemos estas situaciones", dijo la regidora.
Óscar Daniel Carrión fue presidente municipal independiente de Sayula de 2018 a 2021 y repitió en el cargo de 2021 a 2024 con Movimiento Ciudadano.
Hasta el momento el edil no se ha pronunciado sobre la sanción.
¿Qué es la violencia política contra las mujeres en razón de género?
Violencia Política contra las mujeres. La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.
MC