¿Por qué se prohibió la entrada a militares armados en la Cámara de Diputados? ESTO dice la ley

En MILENIO te explicamos la razón por la que Santiago Creel PROHIBIÓ el acceso de militares armados al pleno de la Cámara de Diputados.

Los integrantes de las fuerzas armadas no pudieron ingresar al pleno. | Fernando Damián
Ciudad de México. /

Éste miércoles 1 de febrero de 2023 comenzó, en el Congreso de la Unión, el segundo periodo ordinario de sesiones del año legislativo, que va de la fecha mencionada al 30 de abril, tal como lo marcan los artículos 65 y 66 de la Constitución.

El acto protocolario indica que, al arranque de cada periodo, los diputados de la legislatura entonarán el Himno Nacional. Como ya es es costumbre, los grupos parlamentarios obradoristas y de oposición protagonizaron una nueva disputa, aunque no por los proyectos le ley propuestos o las diferencias políticas personales y de sus modelos, sino por una banda de guerra y escolta de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Niegan el acceso a banda de guerra en la Cámara de Diputados; estaban armados

Santiago Creel, diputado presidente del congreso, negó al personal militar el acceso al salón de plenos, pues argumentó está prohibido el paso con armas de fuego al hemiciclo parlamentario.

Por ello, el acto de realizó en el vestíbulo del salón principal de San Lázaro, lugar al que Creel, junto a los coordinadores de cada fuerza política en ambas cámaras, salieron tras llegar a un acuerdo con el personal castrense.

Lo anterior le valió las críticas y gritos de los diputados de Morena, quienes en coro lo calificaron como vendepatrias y traidor. Más tarde, en una conferencia de prensa, el presidente de la mesa directiva aclaró que, la negativa responde al cumplimento estricto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes, pero, ¿que dicen éstas leyes?

Morena y PT piden remoción de Creel, tras caso de militares armados en San Lázaro

Por ésta razón se prohibió el acceso al salón de plenos

El tema se encuentra en dos documentos oficiales: La ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento de la Cámara de Diputados.

El primero de ellos, publicado originalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 3 de septiembre de 1999, y reformado el 9 de diciembre de 2022, especifica en su artículo 12 que los recintos del Congreso y sus Cámaras son inviolables, por lo que toda fuerza pública está impedida de tener acceso a los mismo, salón el presidente del congreso, cámara o comisión permanente.

Además, en su artículo 22, se aclara que el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, es decir, Santiago Creel, tiene que velar por la inviolabilidad del recinto legislativo.

Por su parte, el Reglamento de la Cámara de Diputados, reformado el 21 de diciembre de 2021, añade en su artículo 25, fracción cuatro, que en el recinto está estrictamente prohibida la entrada a toda persona armada. En caso de que alguien trasgreda dicha regla, el presidente tiene la facultad de hacer que abandone el lugar.

¿Qué es el “Recinto” para la ley?

El Recinto es el conjunto arquitectónico que alberga a la Cámara de Diputados, incluyendo el Salón de Sesiones, oficinas, patios, jardines, estacionamientos y demás bienes.

FM


  • Francisco Javier Munguía Anaya
  • francisco.munguia@milenio.com
  • Periodista en formación por la UNAM. Redactor digital para Discover en Milenio. Escribo de todo un poco en respuesta a las tendencias. Mi pasión es la política mezclada con farándula; un espectáculo imperdible.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.