La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) será quien determine la constitucionalidad del Banco de ADN de la Ciudad de México, creado para uso forense y facilitar la identificación de agresores sexuales.
El máximo tribunal del país aprobó atraer el amparo promovido por las asociaciones civiles Reinserta y Red en Defensa de los Derechos Digitales, las cuales argumentaron que el Banco de ADN viola "los derechos de protección de datos, presunción de inocencia, debido proceso, intimidad o privacidad, en virtud de su especial situación frente al orden jurídico”.
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Este amparo originalmente se presentó ante el Segundo Juzgado de Distrito en materia Penal de la Ciudad de México, donde fue desestimado por falta de interés legítimo, pues el juez consideró que las asociaciones civiles no podían comprobar que la creación del banco les causara ningún daño real.
Al impugnar esta determinación, el Segundo Tribunal Colegiado en materia penal revisó el caso y resolvió que tanto Reinserta como Red en Defensa de los Derechos Digitales sí tienen interés legítimo para promover este amparo, pero también concluyó que la SCJN es la instancia que debe resolver el asunto, debido a lo novedoso del tema y a que no existen jurisprudencias sobre las cuales basar un fallo.
Por lo que el caso, para su análisis y posterior elaboración del proyecto, quedó en la ponencia de la ministra Margarita Ríos Farjat, para ser votado en la Primera Sala del máximo tribunal del país.
FLC