¿Las bicicletas eléctricas necesitan placas en CdMx? Evita MULTAS con estos datos del reglamento

Conoce qué dice el reglamento de tránsito en CdMx sobre si las bicicletas eléctricas necesitan placas y que no te sorprendan las multas.

Las bicicletas eléctricas han cobrado gran popularidad en México. (Especial)
Ciudad de México /

En medio de las complicaciones de movilidad que implica la Ciudad de México, la sexta urbe más grande del mundo, las opciones sustentables y baratas de transportarse son una bocanada de aire fresco; por ello, conoce qué dice el reglamento de tránsito sobre si las bicicletas eléctricas necesitan placas.

Este vehículo representa un transporte que contribuye a la movilidad sostenible y su diferencia principal respecto a los modelos convencionales es que disponen de pedaleo asistido, de manera que se reduce de una manera considerable el esfuerzo.

La bici eléctrica es un vehículo que lleva incorporado una batería que es capaz de almacenar la energía y permite una autonomía de alrededor de 30 kilómetros hasta tener que recargarse de nuevo. 

¿Cuáles son los beneficios de las bicicletas eléctricas?

Así como hay responsabilidades que debes tomar en cuenta si tienes una ebike o quieres una, no se pueden pasar por alto los grandes beneficios que tienen.

De acuerdo con un artículo de BBVA sobre las economía de este vehículo, se destaca entre las principales ventajas de las bicicletas eléctricas, cabe destacar que permiten subir fácilmente terrenos con un gran desnivel, además de fomentar la práctica deportiva en gente que no está acostumbrada al ejercicio entre personas de la tercera edad. Además, pueden permitir mejorar el estilo de vida, ya que posibilita alcanzar un equilibrio entre combinar el ejercicio físico diario con las necesidades de movilidad habituales.

¿Las bicicletas eléctricas necesitan placas?

Para evitar multas, lo primero que debes saber es que en 2019, se realizó una reforma al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que especifica que los patines eléctricos y las bicicletas no podrán usar las banquetas de la ciudad, sino el arroyo vehicular. 

Como lo indica el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, Capítulo Tercero, los conductores de vehículos no motorizados tienen, entre otras, las siguientes prohibiciones

  • Circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de menores de doce años y elementos de seguridad pública
  • Circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros, excepto cuando estos cuenten con una señal horizontal y vertical que así lo indique
  • Detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones

Hasta el momento, en la Ciudad de México, para conducir bicicletas eléctricas no se requiere una licencia de conducir o placas y pueden circular por las ciclovías.

La Subsecretaría de Planeación, Políticas y Regulación de la Secretaría de Movilidad todavía no detecta una alerta de seguridad vial generada por este tipo de vehículos, por lo que se tendría que analizar si requiere una acción de parte de las autoridades.




DMZ

  • Daniel Zainos
  • daniel.monroy@milenio.com
  • Comunicólogo egresado de la FCPyS de la UNAM. Redactor de Discover. De seguridad a espectáculos, escribo de todo un poco… si Trends lo permite. Fan de la música, los podcast y la exploración cotidiana.

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