Daniel Espinoza Licón explica la liberación de Esther, mujer que robó a Chavita recién nacido

Aún con esta decisión existe la posibilidad de que las víctimas indirectas, es decir los padres biológicos del menor se vayan a un juicio de amparo.

El robo de infante por el que se acusaba a Esther Alejandra en contra de Chavita ya habría prescrito (Especial)
Josefina Ruiz
Guadalajara /

Tras darse a conocer que el pasado 25 de octubre fue puesta en libertad, Esther Alejandra Aguilar Reynoso, la mujer que robó a Salvador Macías, mejor conocido como 'Chavita’ a las pocas horas de nacido hace 17 años, el magistrado presidente del supremo tribunal de Justicia del estado, Daniel Espinoza Licón, señaló que para los magistrados de la décima sala especializada en justicia integral para adolescentes y penal, el robo de infante qué cometió fue de consumación instantánea y prescribió en 2020, por lo que fue liberada.

Aún con esta decisión existe la posibilidad de que las víctimas indirectas, es decir los padres biológicos del menor se vayan a un juicio de amparo.

“Y cuestionen si la prescripción fue correcta o no tomando en consideración que el delito tenga otra modalidad como el delito permanente o el delito continuado. La corte ha emitido ya criterios en torno al delito de desaparición forzada y desaparición de particulares y secuestro en el que establece que en tanto la persona no aparezca es un delito permanente, el delito sigue vivo y no puede correr el plazo de prescripción habría que ver si aplica el mismo criterio en este asunto”, dijo Daniel Espinoza Licón.

Padres de Chavita mantienen silencio ante la liberación de Esther

De momento los Padres de Salvador Macías, mejor conocido como Chavita prefirieron mantenerse en silencio y solicitaron comprensión, ante la noticia de la liberación de Esther Alejandra “A”, mujer que hace casi 18 años sustrajo a su hijo recién nacido de la clínica 45 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guadalajara.

La señalada fue detenida en diciembre de 2022, pero según lo estipulado en el Código Penal del Estado de Jalisco, se determinó que el delito ya había prescrito, por lo que a pesar de las pruebas y de haber criado como propio a un hijo que le robó a otra familia ya no enfrentará la ley, a menos que la víctima u ofendidos (en este los progenitores) decidan interponer algún recurso legal en su contra para así llevar un juicio de amparo; sin embargo tienen solo un plazo de 15 días para hacerlo, mismo que comenzó a contar desde el 26 de octubre.


JMH

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.