Daniel Espinoza Licón responde ante aplazamiento de audiencia a Yigal “R”

El próximo 26 de octubre se vence el plazo de medida cautelar de prisión preventiva, lo que podría derivar en que Yigal continúe el proceso legal en libertad.

Buscan a Yigal R. G. presunto responsable de choque en López Mateos (Especial)
Diana Barajas
Guadalajara /

El aplazamiento de la audiencia intermedia en contra de Yigal "R" es solo un derecho de las partes a defenderse y no depende del sistema judicial del estado, esto respondió el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, Daniel Espinosa Licón, cuando se le cuestionó sobre si habrá justicia para Estefanía, Edin y Brian, pues el próximo 26 de octubre se vence el plazo de medida cautelar de prisión preventiva, lo que podría derivar en que Yigal continúe el proceso legal en libertad.

"No depende del juez, no depende del juzgado, no depende del poder judicial, depende de las estrategias de la defensa, pero evidentemente si el Ministerio Público logra justificar la existencia del delito y la responsabilidad cuenten con que va a haber una sentencia", explicó Daniel Espinoza Licón”, magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.

Espinosa Licón, precisó que aunque este martes se hubiera llevado a cabo la audiencia intermedia, el caso no podría avanzar a juicio oral pues hay un amparo vigente.

"Con la desición de la sexta sala de haber confirmado la negativa de la suspensión provisional del proceso hay un amparo pendiente, el amparo de la medida que se establece es: pueden dictar la audiencia intermedia, pero una vez dictada se suspende hasta en tanto se suspende el amparo", dijo.

El magistrado presidente negó que la posibilidad de diferir la audiencia a diestra y siniestra por parte de la defensa sea una falla en el sistema legal mexicano.

Difieren nuevamente audiencia contra Yigal “R”

De nueva cuenta se difiere la audiencia intermedia de Yigal “R”, porque este no se encontraba en condiciones óptimas de salud; sin embargo de acuerdo al código nacional de procedimientos penales no es necesario que esté presente el acusado para que se desahogue la misma, siendo así una violación al debido proceso por parte de la jueza María Erendira Mercado Alcantar; informaron asesores jurídicos de las víctimas.


JMH

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