¡Ya es Ley! A partir de esta semana, se multará con hasta 62 mil 422 pesos a quien crie, enajene o adquiera animales domésticos de compañía para el consumo humano, pues ahora se sancionará a los infractores de 300 a 600 UMAS en la Ciudad de México.
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A través de la Gaceta Oficial capitalina, se estableció que ya es un delito grave el consumo de animales domésticos para los humanos, o los llamados popularmente “tacos de suaperro”, al establecerse una nueva fracción 27 al artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales.
En el Código Penal ya quedó agravada hasta en una mitad la pena principal del artículo 350 Ter, que castigará de tres a nueve años de cárcel, 25 a 36 horas de arresto y multa de 62 mil 422 pesos, a quien sacrifique animales de compañía para consumo humano, así como el aseguramiento de todos los seres sintientes que pudieran tener los sujetos activos del delito.
El pasado 2 de febrero, el pleno del Congreso capitalino aprobó el dictamen del diputado de Morena, Nazario Norberto, que buscaba reformar la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de Méxicoy del Código Penal para el Distrito Federal, con el fin de prohibir y sancionar el consumo de animales no destinados para abasto.
Al respecto, el legislador destacó que “sin duda, estamos avanzando en una capital que garantiza los derechos de los animales y a tener una ciudad amigable y respetuosa de todos los seres sintientes, damos ejemplo al país con las reformas a las leyes recién publicadas”.
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