¡Que no se te pase! El gobierno de la Ciudad de México ya inició la condonación del pago del predial, que por única ocasión se dará a personas a partir de los 58 años, a partir del segundo bimestre del 2022, así como del pago del impuesto Sobre Nóminas a favor de empresas de nueva creación o que reinicien actividades.
El beneficio fiscal para el pago de ambos impuestos sólo estará vigente del 23 de marzo al 30 de diciembre, como parte de las medidas para impulsar la reactivación económica de la ciudad.
El martes pasado, el gobierno local publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México las resoluciones que permitirán otorgar los beneficios fiscales para el pago del predial y el Impuesto Sobre Nóminas, en aras de incentivar y fomentar la recuperación económica entre los grupos de atención prioritaria.
¿Cómo puedes solicitar la condonación del predial?
El beneficio fiscal se puede solicitar por internet, realizando los siguientes pasos.
- Ingresa con tu cuenta Llave CDMX a la página: https://descuentopredial.cdmx.gob.mx/.
- Da clic en iniciar trámite en línea.
- Te llevará a una página donde ya están tus datos precargados.
- Llena el formato que aparece abajo de estos, con los datos de tu predio e indica si hay copropietarios.
- Y da clic en guardar y continuar.
Posteriormente, deberás enviar los siguientes documentos:
- Boleta Predial vigente en formato PDF.
- Identificación oficial vigente en formato PDF.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) en formato PDF
- Comprobante de domicilio en formato PDF
- Documentos que acrediten tu condición como persona vulnerable en formato PDF
Una vez validados los requisitos y acreditada la obtención del beneficio que corresponda, los contribuyentes recibirán por correo electrónico el formato para pago a Tesorería con línea de captura.
Los beneficios también serán aplicables a favor de cónyuges supervivientes del propietario que tengan 58 años de edad o más, sin ingresos fijos y de escasos recursos.
... ¿ Y cómo se solicita la condonación del Impuesto Sobre la Nómina?
La segunda resolución condona 100 por ciento del pago del Impuesto Sobre Nóminas, durante los tres primeros meses partir de la constitución o inicio de actividades de una micro o pequeña empresa, así como aquellas que hayan suspendido actividades desde el 1 de marzo de 2020 y reinicien sus operaciones a partir del 23 de marzo del presente año.
Para obtener dicha excepción de pago, los contribuyentes deberán estar registrados o registrarse en el Padrón de Nóminas de la Ciudad de México.
Asimismo, deberán realizar la declaración correspondiente a través del Sistema de Administración de Contribuciones (SAC), disponible en la dirección electrónica https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/ en la opción correspondiente al Impuesto, donde se generará el recibo de pago respectivo con la aplicación del beneficio.
FLC