Aproximadamente 3 mil 775 expedientes en materia civil y penal se desahogan en juzgados de lo familiar y unidades investigadoras de la Fiscalía de Justicia de Tamaulipas, para obligar a padres omisos de Tampico, Madero y Altamira a cumplir la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos.
En su mayoría son casos que se llevan en los siete Juzgados de lo Familiar que dan servicio en la zona conurbada, informó la ex procuradora del DIF Altamira, Gabriela Ibarra Lozano, quien calcula se atienden actualmente al menos 3 mil 500 asuntos en ese ámbito civil, el 30% de los asuntos tramitados.
Hay 275 carpetas de investigación
Por lo que respecta a las demandas penales, donde se pide cárcel por el delito de abandono de obligaciones alimenticias, hay 275 carpetas de investigación en la mesa del ministerio público, de las que Altamira tiene el mayor número con 133, seguida por Tampico con 87 y Ciudad Madero con 55.
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La abogada litigante urgió a hacer público el Registro de Deudores Alimentarios, para ver si de ese modo se facilitan los procedimientos contra los progenitores morosos, sin embargo, aún se está dentro del plazo de ley para el armado de esa plataforma.
Cabe señalar que el Sistema Nacional DIF tendrá a su cargo la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y contará con un plazo de 300 días hábiles para su implementación, los cuales se cumplen el 2 de marzo de 2024.
Los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministrarán, sistematizarán y actualizarán la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias para integrarse al Registro Nacional y la actualización de su información deberá ser cada mes.
Tamaulipas aprobó su propio Registro de Deudores Alimentarios, a cargo de la Coordinación General del Registro Civil en el estado, pero hasta ahora tampoco es público.
Ibarra Lozano explicó que en el ramo civil solo se busca la tutela (protección) de derechos de los menores a los que no se les están suministrando alimentos, es decir, que el padre no proporciona recursos económicos para sus necesidades básicas.
En cambio, una demanda o querella de tipo penal implica cárcel, porque el abandono de obligaciones alimentarias está considerado un delito penado con hasta seis años de prisión.
“Esta es la última vía que nos dejan como abogados, cuando no hay manera de poder hacer cumplir la sentencia de un juzgado porque el hombre se salió de trabajar y de la lupa de Hacienda para evitar embargo de bienes”, mencionó la especialista.
En los juzgados civiles de lo familiar, reiteró, el 30% de los expedientes son por necesidad de alimentos, pero ante esa misma instancia se ven además juicios de divorcio, reglas de convivencia, guardia y custodia y reconocimiento de paternidad donde también se tienen que regular los alimentos.
“Expedientes directamente promovidos por alimentos son por lo menos unos 3 mil 500 en los siete juzgados de lo familiar en el sur, pero si vemos la estadística de la Fiscalía de Justicia del Estado, estamos entre los primeros con más denuncias penales por abandono de obligaciones alimenticias”.
Gabriela Ibarra destacó que el procedimiento por la vía penal es el castigo por la violación de los derechos de los menores, la consecuencia de que no haya forma de obligar al progenitor omiso en su responsabilidad.
“Es la consecuencia de que adrede se salgan de trabajar para omitir el pago o se cambian de domicilio para no poder ser localizados y hasta se desaparecen del fisco para que no les encuentren bienes, es el último recurso que tenemos los abogados para que un juez de control determine una cantidad líquida que ya hubiéramos tenido en un juicio de lo familiar con el pago de alimentos”, expuso.
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Según el artículo 295 del Código Penal de Tamaulipas, comete el ilícito quien sin motivo justificado deja de proporcionar a sus hijos, cónyuge o concubina, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia.
Al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias se le impondrá una sanción de uno a seis años de prisión, privación de derechos relativos a la familia y tendrá que entregar las cantidades que no fueron oportunamente suministradas.
Cabe recordar que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitirá certificados de no inscripción. Para ello se dispondrá de un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita.
Esto es importante porque las autoridades municipales, estatales y federales podrán exigir como requisito la presentación del certificado de no inscripción para los siguientes trámites: Obtención de licencias y permisos para conducir; de pasaporte o documento de identidad; para participar como candidato a cargo de elección popular o aspirante a cargos de jueces o magistrados en el ámbito local o federal.
También se verá impedido en trámites relativos a la compra venta de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales que se realizan ante notario público y, por último, en las solicitudes de matrimonio, el juez del registro civil comunicará si algunos de los contrayentes se encuentra inscrito en el registro.
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SJHN