Los integrantes del Consejo Universitario, máximo órgano de gobierno de la Universidad Autónoma de Puebla (UAP), fueron citados para participar en una sesión extraordinaria que se realizará la mañana de este miércoles 18 de agosto en formato virtual, con el objetivo de analizar y aprobar la Convocatoria para el Nombramiento de rector o rectora que estará en el cargo durante el periodo 2021-2025.
De acuerdo con el citatorio firmado por el titular de la Secretaría del Consejo Universitario de la máxima casa de estudios, José Carlos Bernal Suárez, durante la reunión de los consejeros universitarios que comenzará a las 10:00 horas, se analizará la designación de los integrantes de la comisión de auscultación y la integración de la comisión electoral.
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“Lectura, discusión y en su caso, aprobación del proyecto de Convocatoria para el nombramientode la o el Rector de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla para el periodo 2021-2025. Designación de los miembros del Honorable Consejo Universitario que integrarán la Comisión de Auscultación. Designación de los miembros del Honorable Consejo Universitario que integrarán la Comisión Electoral”, establece el documento.
De manera previa, en la sesión del pasado 4 de agosto, el Consejo Universitario aprobó, para garantizar la salud de la comunidad universitaria, así como su derecho de elegir a sus autoridades, la realización de la elección de rector o rectora, para el periodo 2021-2025, mediante voto electrónico.
Los integrantes del máximo órgano de gobierno de la institución acordaron que la votación de alrededor de 120 mil universitarios será administrada por la Dirección General de Cómputo y Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DCyTIC), a través de una plataforma diseñada para tal fin y mediante la doble autentificación, para asegurar la transparencia de la auscultación, el correo electrónico institucional y número telefónico.
De la misma firma, se aprobó que la renovación del Consejo Universitario se llevará a cabo después de la elección de rector o rectora, quien una vez nombrado emitirá la convocatoria correspondiente, para no afectar los procesos electorales y resolver cualquier asunto en el ámbito de su competencia.
Ante el proceso de nombramiento del rector o rectora, en el caso de consejeros propietarios y suplentes ya egresados, se avaló, por única ocasión, dado las circunstancias extraordinarias, que sea el director de la unidad académica quien lleve al Consejo Universitario el voto del sector al que le falte representante en la sesión respectiva. Con lo anterior, se garantizará el voto individual, libre, directo y secreto de todos los sectores y el mandato de los universitarios.
AFM