¿Contrataste a una trabajadora del hogar? Así la puedes afiliar al IMSS; es su derecho

Inscribir a las personas trabajadoras del hogar al IMSS es una obligación de quienes las contratan. Te decimos cómo realizar el trámite, paso a paso.

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Ciudad de México /

El trabajo del hogar es realizado por un sector vulnerable de la población, por lo cual es necesario que las personas que se dedican a ello cuenten con los derechos laborales que garanticen su seguridad. Una de las principales obligaciones de quienes contratan a personas trabajadoras del hogar es afiliarlas al IMSS. 

Al estar afiliadas al IMSS, las personas trabajadoras del hogar gozarán de servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica. También de periodos de incapacidad, pensión por invalidez y de vida, fondo para el retiro y prestaciones sociales como velatorios y guarderías. 

Según el Instituto Mexicano del Seguro Social, es obligación de los patrones inscribir a las personas trabajadoras del hogar al IMSS, abstenerse de malos tratos hacia ellas y proporcionarles condiciones dignas de trabajo.

Pasos y requisitos

Este trámite se puede hacer tanto en la Subdelegación que corresponda al domicilio del patrón, como en el Portal del IMSS. Para hacerlo en línea:

1. Inicia el trámite con la información de quien contrata en este enlace. El sistema te pedirá:

  • CURP.
  • Correo electrónico.
  • Domicilio.
  • Datos de contacto.
  • RFC (opcional).

2. En la misma página, registra la información de la Persona Trabajadora del Hogar. Ten a la mano:

3. Genera el formato de incorporación y línea de captura para que realices el pago en ventanilla bancaria o a través de tu banca en líneaCalcula aquí el pago de tus cuotas.

4. Tendrás como fecha límite el día 20 de cada mes para realizar el pago de las cuotas obrero patronales. En caso de que ese día sea inhábil, la fecha será el siguiente día hábil inmediato.

Recuerda que tendrás que realizar este proceso mes con mes para asegurar a la persona trabajadora del hogarConoce todos los derechos y obligaciones aquí: https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar.

evr

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