En ocasiones la convivencia en zonas habitacionales se complica porque algunos vecinos suelen hacer fiestas con ruido excesivo, así como por la cercanía de comercios con música a volumen alto, pero, esta situación se puede denunciar ante la autoridad municipal, en Pachuca el área responsable es Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (Semadesu), y aquí te decimos cómo el proceso de denuncia ante la contaminación sonora dentro de la capital de Hidalgo.
Decibeles permitidos
La única dependencia municipal responsable de llevar a cabo la revisión del cumplimiento de la norma, 081-Semarnat-1994, para regular los niveles sonoros de ruido perimetral es la Semadesu; dicho documento indica el número de decibeles permitidos de acuerdo a los horarios diurno y nocturno, así como en diferentes zonas como son: residencial, el cual en horario diurno permite un límite máximo de 55 decibeles, mientras que en nocturno hasta de 50 decibeles; en la zonificación industrial y de comercio, una medición máxima en horario diurno de 68 decibeles y nocturno de 65 decibeles.
En cuanto a los Centros Escolares, la norma indica que, durante horarios de juego o esparcimiento, actividades de educación física o talleres, así como en horas de recreo, se tiene un máximo de 55 decibeles; en tanto, para la celebración de ceremonias, festivales y eventos, de cualquier índole en la ciudad y dentro de salones de eventos o plazas públicas, se tiene un límite de 100 decibeles, así como un plazo máximo de cuatro horas de duración, por lo cual en caso de exceder incumple la norma.
Así se presenta un reporte
Sobre los medios para reportar cualquier irregularidad en los niveles sonoros de ruido perimetral; la denuncia se puede hacer a través del 070, a través del correo electrónico medio.ambiente@pachuca.gob.mx, el teléfono 771 71 71 500 extensión 1154, además de forma presencial en la sede de la dependencia, que se ubica dentro del Bioparque de Convivencia en avenida Juárez.
Al presentar este reporte el personal de la Semadesu acude al sitio, la dependencia cuenta con un sonómetro debidamente calibrado ante la entidad mexicana de acreditación, además de que el personal está capacitado para su uso; el equipo se lleva al sitio y hacen diferentes lecturas de conformidad con la norma y de ahí se determina si cumple o incumple con estos niveles.
Si los decibeles están dentro de lo permitido, únicamente se dejan medidas de seguimiento al inmueble o comercio, mismos que serán sujetos a visitas aleatorias, además de extender una invitación a seguir las medidas de mitigación de ruido; cuando incumplen la norma vigente, se extiende una invitación, como en el caso anterior, además de que dentro del acta de verificación se emiten medidas correctivas, las cuales se deben acatar en un plazo de 5 a 10 días, derivado de las medidas.