Comunidad trans en Guanajuato acude a Congreso; piden reforma para rectificar actas de nacimiento

La diputada del PRI, Ruth Nohemí Tiscareño presentó una iniciativa para reformar el Código Civil del Estado y que se permita la rectificación de actas de nacimiento.

Comunidad trans en Guanajuato acudió al Congreso local.-
Wendoline Adame
Guanajuato.- /

Al pleno del Congreso del Estado de Guanajuato acudieron representantes de la comunidad LGBT+ para respaldar la iniciativa presentada por la diputada del PRI Ruth Nohemí Tiscareño, para reformar el Código Civil del Estado para que se permita la rectificación de actas de nacimiento.

Con esta reforma se busca que el nombre y género de las personas trans corresponda con el que se identifican, esto a través de un procedimiento administrativo ante el registro civil del Estado de Guanajuato.

“Es el derecho de toda persona a consagrar y desarrollarse identidad de género auto percibida que implica también su derecho a elegir libremente y cambiar su nombre como mejor le parezca” señaló la legisladora.

De aprobarse, Guanajuato se convertiría en el estado número 19 de toda la República Mexicana en emitir estas disposiciones para garantizar los derechos de las personas de la comunidad de la diversidad sexual a la identidad y a ser registrados, una lucha con la que la comunidad Trans lleva años, pues esta reforma se ha presentado y rechazado en por lo menos tres ocasiones.

“Tenemos ya tiempo pidiendo el reconocimiento de la identidad en el estado de Guanajuato, ya que no lo tenemos aquí; son 18 estados en la República Mexicana los que ya tienen este derecho por la vía administrativa el cual es estado peleando, ahora que se presenta esta iniciativa la estamos apoyando a ver si finalmente se aprueba que será la cuarta vez que se presenta la iniciativa y las otras tres veces se han desechado se han echado a la congeladora” explicó Angy Rodríguez, Activista derechos de las personas Trans.


Se trata de una reforma al artículo 37 del Código Civil donde además se adicionan los artículos 138 bis, 138, 138 quáter y 138 quinquies del código civil para el estado de Guanajuato, que contiene disposiciones relativas a la rectificación de actas y

La diputada señaló que es obligación del Estado establecer procedimientos expeditos, confidenciales, de carácter administrativo, tendientes a la gratuidad, para que toda persona pueda hacer valer el reconocimiento de su identidad de género auto- percibida, mediante la adecuación de sus documentos oficiales, así como la posibilidad de cambiar el nombre de pila y la imagen fotográfica, sin que para ello se exijan requisitos irracionales, patologizantes o discriminatorios, como certificados médicos/o psicológicos, psiquiátricos, los cuales son invasivos y contradicen la autopercepción estigmatizándola.

AIIL 


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