Publica Jalisco lineamientos de destino final de cadáveres con covid-19

Se sugiere que los familiares no los toquen, eviten las ceremonias fúnebres y velorios; además de inhumarlos o incinerarlos con todo y bolsa.

Advierten que las funerarias no deben realizar actuaciones extrahospitalarias. (Nacho Reyes)
Elsa Martha Gutiérrez
Guadalajara /

En Jalisco, se publican los lineamientos para el manejo traslado y destino final de cadáveres confirmados y sospechosos por covid-19. Se sugiere que los familiares no los toquen, eviten las ceremonias fúnebres y velorios; además de inhumarlos o incinerarlos con todo y bolsa.

Sin embargo, si los deudos del fallecido deciden lo contrario será bajo su propio riesgo y deberán adoptar obligatoriamente algunas medidas como el que la despedida tenga una duración máxima de cuatro horas a partir de la certificación de la defunción.

Advierten que las funerarias no deben realizar actuaciones extrahospitalarias, ni de limpieza o intervenciones de tanatopraxia y tanatoestética sobre el cadáver. Es decir, no los pueden embalsamar, ni tampoco maquillar, peinar, vestir o embellecer.

En el caso del hospital, advierten que antes de proceder al traslado del cuerpo, el personal médico podrá permitir el acceso de los familiares, siempre y cuando “no tengan contacto físico con el cadáver, ni con las superficies u otros enseres de su entorno o cualquier otro material que pudiera estar contaminado”.

Si lo hacen, será bajo su absoluta y estricta responsabilidad limitando al mínimo esencial su estancia y deberán tomar las precauciones para evitar la transmisión como es el uso de bata desechable, guantes y mascarilla quirúrgica.

Al fallecido se aísla y se le introduce en una bolsa que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior hasta ser entregado a los servicios funerarios o al IJCF.

Todo lo anterior forma parte de los lineamientos de actuación para el manejo traslado y destino final de cadáveres confirmados y sospechosos por Covid19 que emitió la Secretaría de Salud y que fueron publicados el pasado 6 de abril en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.

Están obligados a cumplir este protocolo los hospitales públicos y privados, así como funerarias, cementerios y el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF).

Dentro de su exposición, el responsable del sector salud en la entidad, Fernando Petersen Aranguren, estableció que no existe evidencia de transmisión de la enfermedad a través del manejo de cuerpos, pero “el virus se transmite rápidamente de persona a persona, derivado de la convivencia e interacción y cercanía en que éstas puedan encontrarse físicamente bien sea a través de gotas que expulsan las personas infectadas y hacer contacto con ojos nariz o boca o por tocar objetos contaminados por el virus SARS-CoV2 (Covid19)”, argumentó.

En el acuerdo de 12 páginas se enumera las medidas que se deben seguir dentro del hospital, en el traslado de la unidad médica a la funeraria, destino de los cadáveres de personas no identificadas o reclamadas; de lo que se hallan en la vía pública o mueren en el domicilio, cuando se realice una autopsia a casos confirmados o sospechosos y en ceremonias fúnebres.

En el caso de que la familia quiera realizar una, no podrán estar más de 20 personas a la vez debiendo existir un metro de separación entre cada una; deberá haber un filtro de supervisión, colocar un cartel o lona que señale medidas preventivas; todos utilizar cubre bocas; gel antibacterial, jabón, toallas, agua suficiente para facilitar el frecuente lavado de manos y mantener limpias y desinfectadas las superficies de mayor contacto cómo son los picaportes, grifos y manijas de puertas.

En el protocolo, los difuntos con C ovid-19 pueden ser inhumados o cremado siempre y cuando se mantengan en las bolsas en que fueron depositados

“La inhumación o cremación deberá realizarse dentro de las 8 horas posteriores a la certificación de la muerte con independencia de que hubiese o no celebrado ceremonia fúnebre”, se lee.

Mientras de los cadáveres de personas no identificadas, debe ser inhumado en un espacio individualizado. En tanto que en caso de práctica de necropsia cadáveres confirmados y sospechosos por covid-19 deben realizarse con el menor personal posible y con todo el equipo de protección necesaria, debido a que “en pacientes fallecidos por covid-19 órganos todavía pueden contener virus vivos de tal manera que es preciso tomar medidas de protección respiratoria”.

En el acuerdo, la SSJ faculta a COPRISJAL a actualizar o emitir nuevos lineamientos tomando en consideración el avance de propagación o evolución del brote covid-19 en Jalisco.

MC

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