Los giros que pueden abrir y cuáles no en la emergencia sanitaria

Las autoridades de Jalisco vigilan que solo los giros esenciales operen bajo medidas sanitarias ante el covid-19.

El corredor comercial de la calle Obregón en Guadalajara luce desierto (Fernando Carranza)
Guadalajara /

Desde el inicio de abril, los giros no esenciales no deben abrir sus puertas ante las medidas de emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 que causa el covid-19. En Jalisco las autoridades estatales precisaron qué establecimientos pueden mantener abiertas sus puertas durante el mes.

¿Qué establecimientos pueden abrir durante la emergencia sanitaria en Jalisco?

Restaurantes, preferentemente con servicio a domicilio o alimentos para llevar (*)

Puestos de alimentos preparados como taquerías, loncherías, entre otros (*)

Envases, empaque y embalaje

Tianguis (Sólo con puestos que vendan alimentos, bebidas y productos de necesidades básicas)

Tiendas naturistas, tortillerías y panaderías

Refaccionarias

Estacionamientos públicos

Ferreterías, tlapalerías y papelerías

Lavanderías

Todos los productos y servicios que forman parte de la cadena de suministro de los servicios sanitarios y de salud (medicina alternativa, terapia psicológica, fisioterapia, dentista, ópticas, entre otros)

Hoteles (No para uso vacacional. Solo para uso de personas participando en actividades esenciales)

Aseguradoras, casas de cambio, cajas de ahorro

Notarías, despachos jurídicos y contables

Call centers

Cerrajerías

Talleres mecánicos y grúas

Talleres de bicicletas

Reparación de electrodomésticos

Veterinarias

Fumigación

Las que participan directamente en el abasto, servicio o proveeduría de las actividades esenciales o cuya suspensión tenga efectos irreversibles

Todos los productos médicos, industriales, agroindustriales y del campo que sean comercializados en supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes, mercados, farmacias, ferreterías, o cualquier establecimiento considerado actividad esencial

Construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura crítica y la relacionada con actividades esenciales y toda su cadena de suministro; así como las que tengan efectos irreversibles

Producción de papel, vidrio, metal, plástico y materias primas

Impresión y etiquetado para insumos y productos esenciales

Electrónica, que esté relacionada con actividades esenciales o con efectos irreversibles

Telecomunicaciones, medios de información y toda su cadena de suministro y construcción.

*Se deben aplicar las medidas de distanciamiento, sanitización y que para la recolección de alimentos sólo asista una persona por familia

¿Qué establecimientos o actividades no pueden laborar o realizarse?

Establecimientos en plazas comerciales con actividades no permitidas

Tiendas departamentales

Mueblerías

Ropa, bisutería y accesorios de vestir

Calzado

Artesanía

Tiendas de regalo

Agencia automotriz

Jugueterías

Artículos deportivos

Tintorerías

Filmaciones

Producciones

Publicidad

Agencias de modelos

Consultoría de negocios

Galerías y museos

Academias

Gimnasios

Estéticas

Spas, moteles y balnearios

Aquellas que no logren demostrar que son necesarias para las cadenas productivas esenciales

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