Desde el inicio de abril, los giros no esenciales no deben abrir sus puertas ante las medidas de emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 que causa el covid-19. En Jalisco las autoridades estatales precisaron qué establecimientos pueden mantener abiertas sus puertas durante el mes.
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¿Qué establecimientos pueden abrir durante la emergencia sanitaria en Jalisco?
Restaurantes, preferentemente con servicio a domicilio o alimentos para llevar (*)
Puestos de alimentos preparados como taquerías, loncherías, entre otros (*)
Envases, empaque y embalaje
Tianguis (Sólo con puestos que vendan alimentos, bebidas y productos de necesidades básicas)
Tiendas naturistas, tortillerías y panaderías
Refaccionarias
Estacionamientos públicos
Ferreterías, tlapalerías y papelerías
Lavanderías
Todos los productos y servicios que forman parte de la cadena de suministro de los servicios sanitarios y de salud (medicina alternativa, terapia psicológica, fisioterapia, dentista, ópticas, entre otros)
Hoteles (No para uso vacacional. Solo para uso de personas participando en actividades esenciales)
Aseguradoras, casas de cambio, cajas de ahorro
Notarías, despachos jurídicos y contables
Call centers
Cerrajerías
Talleres mecánicos y grúas
Talleres de bicicletas
Reparación de electrodomésticos
Veterinarias
Fumigación
Las que participan directamente en el abasto, servicio o proveeduría de las actividades esenciales o cuya suspensión tenga efectos irreversibles
Todos los productos médicos, industriales, agroindustriales y del campo que sean comercializados en supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes, mercados, farmacias, ferreterías, o cualquier establecimiento considerado actividad esencial
Construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura crítica y la relacionada con actividades esenciales y toda su cadena de suministro; así como las que tengan efectos irreversibles
Producción de papel, vidrio, metal, plástico y materias primas
Impresión y etiquetado para insumos y productos esenciales
Electrónica, que esté relacionada con actividades esenciales o con efectos irreversibles
Telecomunicaciones, medios de información y toda su cadena de suministro y construcción.
*Se deben aplicar las medidas de distanciamiento, sanitización y que para la recolección de alimentos sólo asista una persona por familia
¿Qué establecimientos o actividades no pueden laborar o realizarse?
Establecimientos en plazas comerciales con actividades no permitidas
Tiendas departamentales
Mueblerías
Ropa, bisutería y accesorios de vestir
Calzado
Artesanía
Tiendas de regalo
Agencia automotriz
Jugueterías
Artículos deportivos
Tintorerías
Filmaciones
Producciones
Publicidad
Agencias de modelos
Consultoría de negocios
Galerías y museos
Academias
Gimnasios
Estéticas
Spas, moteles y balnearios
Aquellas que no logren demostrar que son necesarias para las cadenas productivas esenciales
SRN